Corte Constitucional bloqueó cambios al Banco de la República incluidos en un decreto de emergencia económica
La Corte Constitucional bloqueó cambios al Banco de la República incluidos en un decreto de emergencia económica y avaló el resto de las medidas.
La Corte Constitucional bloqueó cambios al Banco de la República incluidos en un decreto de emergencia económica y avaló el resto de las medidas.
En las últimas horas, la Corte Constitucional se pronunció sobre uno de los decretos expedidos por el Gobierno nacional durante la segunda emergencia económica y tomó una decisión que impacta directamente al Banco de la República.
Aunque el alto tribunal declaró ajustada a la Constitución la mayor parte de la norma propuesta por Gustavo Petro y su equipo, dejó sin efectos los artículos que modificaban competencias relacionadas con la Junta Directiva del Banco Central.
Según concluyó la Corte, los cambios incluidos en el decreto no tenían una relación directa y específica con las causas que motivaron la declaratoria de la emergencia económica, requisito que exige la Constitución para este tipo de medidas extraordinarias.
¿Qué decisión tomó la Corte Constitucional?
El pronunciamiento se dio tras la revisión automática del Decreto Legislativo 467 de 2026, expedido durante la segunda emergencia económica. Al estudiar la norma, la Corte declaró exequibles la mayoría de sus disposiciones, especialmente aquellas orientadas a facilitar el acceso al crédito para el sector agropecuario.
No obstante, luego de un análisis detallado, declaró inexequibles los artículos que introducían modificaciones relacionadas con competencias de la Junta Directiva del Banco de la República en materia de Títulos de Desarrollo Agropecuario (TDA).
¿Por qué la Corte bloqueó esos artículos?
La Constitución establece que los decretos expedidos durante un estado de emergencia solo pueden contener medidas relacionadas de manera directa con la crisis que busca atender el Gobierno. Tras revisar el contenido del decreto, la Corte concluyó que los artículos relacionados con el Banco de la República no cumplían esa condición y, por esa razón, decidió declararlos inexequibles.
Con esta decisión, las competencias del Banco de la República no tendrán modificaciones. Por otro lado, se mantendrán vigentes las disposiciones relacionadas con las medidas de apoyo al sector agropecuario, dado que sí cumplen los requisitos constitucionales exigidos para los decretos expedidos durante una emergencia económica.
¿Qué sigue después del fallo?
Con esta decisión, el Gobierno deberá aplicar el decreto sin los apartados que fueron declarados inexequibles por la Corte Constitucional. Este fallo hace parte del control automático que ejerce el alto tribunal sobre los decretos expedidos durante los estados de excepción y reitera que las facultades extraordinarias del Ejecutivo deben ajustarse a los límites establecidos por la Constitución.
Cabe destacar que la segunda emergencia económica fue declarada por el Gobierno nacional a finales de 2025 con el argumento de adoptar medidas extraordinarias para enfrentar la situación económica y fiscal del país.