Por: Yuly Solis • Colombia.com

Se vence el pazo para pagar el impuesto predial sin descuento: así puede descargar la factura

La Secretaría de Hacienda dio a conocer los canales de atención virtual para descargar y pagar el impuesto predial en Bogotá.

Actualización
Paga hasta julio 14 tu impuesto predial sin descuento. Foto: Pixabay
Paga hasta julio 14 tu impuesto predial sin descuento. Foto: Pixabay

La Secretaría de Hacienda dio a conocer los canales de atención virtual para descargar y pagar el impuesto predial en Bogotá.

Con el ánimo de evitar sanciones, cobros extras e intereses por mora, la Secretaría Distrital de Hacienda recuerda a la ciudadanía que el viernes 14 de junio es la fecha límite de pago del impuesto predial 2023. 

Para facilitar este procedimiento, las entidades distritales pusieron a disposición de la ciudadanía herramientas virtuales para descargar la factura y realizar el pago de manera virtual y si se desea.

 

Cómo descargar las facturas de impuesto predial

Se acercan las fechas límite para el pago de impuestos predial de la vigencia 2023, y por ello le explicamos a los contribuyentes cómo se pueden descargar las facturas y pagar en línea. 

Paso a paso para descargar factura desde la Oficina Virtual 

  • Ingrese a la página web de la Secretaría de Hacienda www.haciendabogota.gov.co
  • De clic en la opción que muestra la pantalla de ingreso, denominada 'Descarga y paga'.
  • Registre o escriba la información del predio del cual necesita la factura. 
  • Escriba también el número de identificación de la persona responsable de pagar el impuesto.
  • De clic en la opción buscar y descargue la factura.

¿Cómo se calcula el impuesto Predial? 

Para liquidar el impuesto Predial, debes tener en cuenta los siguientes elementos:
Avalúo del predio para la vigencia:

La base gravable del impuesto Predial Unificado para cada año será el valor que mediante autoavalúo establezca el contribuyente. “Este valor en ningún caso puede ser inferior al avalúo catastral fijado por la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”. 

Para conocer el avalúo catastral del predio, se debe solicitar una certificación catastral o se debe consultar vía web en el portal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro desde la sección Catastro en línea.

¿Quiénes deben pagar el impuesto predial?

  • El propietario o propietaria, quien es la persona natural o jurídica que acredite legalmente que un predio le pertenece.
  • El poseedor o poseedora, quien es la persona que, sin tener documentos, tiene posesión de hecho sobre el inmueble y actúa como dueño del mismo.
  • El usufructuario o usufructuaria, quien tiene el disfrute del predio y su legítima explotación, previa concesión del propietario. La condición de propietario y de usufructuario se acredita a través del certificado de libertad.
  • Los respectivos fideicomitentes y/o beneficiarios cuando se trate de predios vinculados y/o constitutivos de un patrimonio autónomo.
  • Los tenedores a título de concesión, de inmuebles públicos.