Por: Yuly Solis • Colombia.com

Imponen nuevas reglas para que un menor pueda viajar en carretera sin un acudiente

Conoce las nuevas medidas para viajar con menores desde cualquier terminal de transportes del país.

Actualización
Nuevas reglas para que un menor pueda viajar en carretera sin un acudiente. Foto: Shutterstock
Nuevas reglas para que un menor pueda viajar en carretera sin un acudiente. Foto: Shutterstock

Conoce las nuevas medidas para viajar con menores desde cualquier terminal de transportes del país.

La Superintendencia de Transporte dio a conocer las nuevas directrices que empezaran a regir desde este miércoles, 2 de octubre, para que los menores de edad puedan viajar vía terrestre sin la compañía de uno de sus acudientes.

De acuerdo a lo estipulado por Nancy Mesa, la superintendente delegada para la Protección a Usuarios de Transporte, con el objetivo de brindar una mayor protección a los menores que deben viajar por el país sin acompañante, ahora sus padres o tutores deberán presentar un permiso firmado ante la empresa de transporte.

“Para la protección de los niños, niñas y adolescentes, este acto administrativo es muy especial porque su finalidad es erradicar el turismo sexual con ellos”, manifestó Nancy Mesa.

Política de transporte para menores de edad

Autorización y Documentación:

Los niños, niñas y adolescentes de 12 años o más podrán viajar sin padre, madre o tutor legal, si se cumplen los siguientes requisitos:

• El padre, madre o tutor legal deberá diligenciar la autorización de viaje a menores de edad (GL-RG-17) disponible en las taquillas y agencias comerciales de la empresa de transporte.

• El formato debe estar completamente diligenciado.

• Padre, madre o tutor legal deberá suministrar nombre y contacto de la persona responsable de recibir al menor.

• Tanto el menor como el padre, madre o tutor legal responsable deberán presentar y anexar copia de los documentos de identidad para confirmar los datos consignados la autorización de viaje a menores de edad (GL-RG-17).

Documentos de identidad válidos:

  • Menores: Tarjeta de identidad o pasaporte.
  • Padre, madre o tutor legal que autoriza: Cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, pasaporte, permiso especial de permanencia.

El tiquete será expedido a nombre del menor, previa autorización firmada por el padre, madre o tutor legal.

Proceso de Embarque:

El menor debe ser acompañado por su padre, madre o tutor legal hasta el punto de embarque y ser entregado al personal de la empresa.

Restricciones de Viaje:

Los menores de edad solo podrán viajar de terminal a terminal o de agencia a agencia. No está permitido abordar ni descender en puntos intermedios o sobre la vía.

Si la persona autorizada no está presente en el punto de destino y, tras intentar comunicarse, no se presenta ninguna persona autorizada o no se logra establecer contacto con ella, la empresa se comunicará con las líneas de atención de la Policía de infancia y adolescencia.

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