¡No deje para mañana! Hoy vence el descuento del impuesto vehicular en Bogotá: así puede pagar a cuotas
¡Pilas! Hasta este viernes 15 de mayo hay descuento del 10 % en el impuesto vehicular en Bogotá. Entérese de cómo pagarlo.
¡Pilas! Hasta este viernes 15 de mayo hay descuento del 10 % en el impuesto vehicular en Bogotá. Entérese de cómo pagarlo.
Mayo es un mes muy importante en el calendario tributario de Bogotá. La capital entra en la recta final para que los contribuyentes aprovechen el descuento por pronto pago del impuesto vehicular con 10 %. La primera fecha de vencimiento es este viernes 15 de mayo de 2026.
Para esta vigencia, 2.409.157 vehículos están obligados a declarar y pagar este impuesto en Bogotá. De ese total, 90.607 corresponden a vehículos híbridos y eléctricos, que pueden acceder a beneficios tributarios establecidos en el Acuerdo 780 de 2020, artículo 25.
El pago aplica a todos los propietarios de vehículos, excepto motocicletas con un cilindraje máximo de 125 cc y bicicletas, y es realizado una vez al año. Pasada esta fecha, los propietarios de vehículos matriculados en Bogotá tendrán hasta el 24 de julio para cumplir con la obligación sin rebajas.
¿Cómo descargar y pagar el impuesto vehicular en Bogotá?
Para descargar la factura del impuesto vehicular, desde la página de Secretaría de Hacienda seleccione el botón 'Pagos Bogotá', escoja 'Vehículos 2026' y la opción 'Paga en línea'. Diligencie la información que solicita el aplicativo, valide y acepte los términos de política de datos, y finalmente, de clic en 'Buscar'.
El sistema permitirá descargar la factura para realizar el pago de manera presencial en las entidades autorizadas o puedes escoger la opción 'Paga en línea', para hacer el pago por medios electrónicos.
Adicionalmente, este año los contribuyentes cuentan con una nueva alternativa: el Sistema de Pago Alternativo por Cuotas para vehículos, que permite diferir el pago en dos cuotas. Para acogerse a esta opción deberán presentar la declaración inicial hasta el 12 de junio a través de la Oficina Virtual. La primera cuota vencerá el 3 de julio y la segunda el 4 de septiembre.
¿Qué vehículos no deben pagar el impuesto?
El tributo solo aplica a carros y motocicletas con un cilindraje mayor a 125 cc. Otros vehículos exceptuados del pago son:
- Bicicletas, motonetas y motocicletas con cilindraje de hasta 125 cm³.
- Tractores para trabajo agrícola, trilladoras y maquinaria agrícola.
- Tractores sobre oruga, cargadores, mototrillas, compactadoras, motoniveladoras y maquinaria de construcción de vías públicas.
- Vehículos y maquinaria de uso industrial que por sus características no estén destinados a transitar por las vías de uso público o privadas abiertas al público.
- Vehículos de la Empresa Distrital de Transporte Urbano, desde su liquidación hasta su modificación o la cancelación de las matrículas de estos.