Corte Constitucional suspende cobro de segunda cuota del impuesto al patrimonio en Colombia
La Corte suspende provisionalmente recaudo de segunda cuota del impuesto al patrimonio prevista para el 4 de mayo.
La Corte suspende provisionalmente recaudo de segunda cuota del impuesto al patrimonio prevista para el 4 de mayo.
La Corte Constitucional adoptó una nueva decisión que impacta directamente una de las principales medidas tributarias del Gobierno de Gustavo Petro. El alto tribunal, determinó suspender de manera provisional el cobro de la segunda cuota del impuesto al patrimonio para algunos contribuyentes.
Según lo establecido por la Corte Constitucional, la suspensió del impuesto aplica específicamente a entidades sin ánimo de lucro del régimen especial, como universidades, y a empresas en proceso de liquidación, que no estarán obligadas a realizar el pago previsto mientras se estudia de fondo la constitucionalidad de las medidas adoptadas bajo la emergencia económica.
Esta decisión se da en el marco del control automático que ejerce la Corte sobre los decretos expedidos durante estados de excepción. El impuesto al patrimonio fue creado como una medida extraordinaria para recaudar recursos destinados a enfrentar la crisis fiscal y atender emergencias como la ola invernal que afectó varias regiones del país en 2026.
Esta suspensión se mantendrá vigente hasta que la Sala Plena emita una decisión de fondo sobre la constitucionalidad de la disposición contenida en el artículo 5 del Decreto 173 del 24 de febrero de 2026.
¿Qué implicaciones tiene la suspensión del impuesto al patrimonio?
El tributo contemplaba el pago en dos cuotas, siendo la segunda una de las más relevantes para el recaudo proyectado por el Gobierno. La primera cuota venció el 1 de abril y la segunda deberá cancelarse el 4 de mayo ante la Dian, utilizando los formularios definidos por la entidad.
Actualmente, la tarifa general para personas jurídicas quedó fijada en 0,5%, mientras que compañías de sectores financiero y extractivo deberán asumir una tarifa de 1,6%.
#Colombia l Corte suspende cobro del impuesto al patrimonio para universidades y otras entidades sin ánimo de lucro
— Metropolitano Noticias (@metropolitano_X) April 29, 2026
De forma provisional la Corte Constitucional suspendió el impuesto al patrimonio para entidades sin ánimo de lucro, como universidades, mientras estudia de fondo… pic.twitter.com/s9sfnJge3x
Es importante aclarar que la suspensión decretada por la Corte no implica la eliminación del tributo ni una decisión definitiva sobre su validez, sino una medida provisional mientras se estudia el caso en profundidad. La Corte deberá determinar si la emergencia económica y las medidas tributarias derivadas cumplen con los requisitos constitucionales, como la necesidad, proporcionalidad y conexión directa con la crisis que se busca atender.
Cabe recordar que decisiones previas del alto tribunal ya habían generado efectos importantes sobre estas políticas, incluyendo la suspensión e incluso anulación de decretos relacionados con la emergencia económica, lo que dejó sin efectos varias disposiciones fiscales y obligó a replantear estrategias de financiación estatal.