Reforma pensional: Petro firmó decreto que reglamenta el régimen de transición y la oportunidad de traslado
Los afiliados/as tendrán hasta el 30 de junio de 2025 para cumplir los requisitos y realizar su traslado.

Los afiliados/as tendrán hasta el 30 de junio de 2025 para cumplir los requisitos y realizar su traslado.
El presidente Gustavo Petro firmó el Decreto 1225 del 2024, “por el cual se reglamenta el parágrafo transitorio del artículo 12 y los artículos 57, 75 Y 76 de la Ley 2381 de 2024, relacionados con las entidades administradoras del componente complementario de ahorro individual y la selección de estas por parte de los afiliados, el régimen de transición y la oportunidad de traslado, respectivamente”.
Este decreto sale de lo consignado en la ley 2381, “Reforma Pensional”, que crea el “Sistema De La Protección Integral Para La Vejez, Invalidez y Muerte De Origen Común” que entrará en vigencia el 1 de julio del 2025.
Aunque la reforma pensional plantea que miles de colombianos pasarán de estar en los fondos privados al público, otros deberán hacer la doble asesoría y pasarse con el método antiguo.
La normativa detalla que aquellos afiliados a Colpensiones que no estén cubiertos por el régimen de transición y cuyos ingresos superen los 2,3 salarios mínimos mensuales (SMLMV) deberán elegir, dentro de los seis meses siguientes a la promulgación de la ley, una administradora del componente complementario de ahorro individual (ACCAI).
Cabe destacar que el traslado de fondo de pensiones debe hacerse, por tarde, 10 años antes de cumplir la edad requerida para la jubilación.
El régimen de transición es una medida que busca proteger a las personas que están próximas a cumplir con los requisitos para pensionarse bajo la normativa anterior.
???? El presidente @petrogustavo firmó el Decreto 1225 de 2024, reglamentando aspectos clave de la #ReformaPensional, incluyendo el régimen de transición y la oportunidad de traslado para los afiliados/as.
— MinTrabajo (@MintrabajoCol) October 8, 2024
?? Este decreto define los requisitos para quienes quieran cambiar de… pic.twitter.com/y6NbxXyGyP
Estos son los requisitos para la oportunidad de traslado entre regímenes:
- Un mínimo de 750 semanas cotizadas, para el caso las mujeres, y como mínimo 900 semanas cotizadas para el caso de los hombres.
- Tener menos de 10 años para tener la edad de pensión.
- No tener reconocida la pensión o no haber recibido la devolución de saldos o indemnización sustitutiva.
- Haber recibido la doble asesoría.
Las y los afiliados al Sistema General de Pensiones tendrán plazo hasta el 30 de junio de 2025 para cumplir con los requisitos. Después de esa fecha, no será posible hacer el traslado, según el decreto.
El decreto también reglamenta otros aspectos como: la acreditación de periodos de cotización a pensión en aplicación de convenios internacionales de seguridad social; la metodología para el cómputo de tiempo; las Entidades Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual del Pilar Contributivo; la elección de la Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual; elementos para la asignación aleatoria; el alistamiento de información; la asignación aleatoria.