Por: María Andrea Suárez • Colombia.com

¿Cómo impugnar una multa de tránsito injusta ante las autoridades?

Los precios en las multas de tránsito subirán este 2022, de acuerdo al incremento del salario mínimo.

Multas de tránsito en Colombia. Foto: Alcaldía de Bogotá
Multas de tránsito en Colombia. Foto: Alcaldía de Bogotá

Los precios en las multas de tránsito subirán este 2022, de acuerdo al incremento del salario mínimo.

En este 2022, como todos los años, las multas de transito suben de acuerdo al incremento del salario mínimo, un golpe más al bolsillo de las familias colombianos. 

De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, las multas en Colombia van desde las de tipo A, es decir, las más bajas para los conductores de vehículos hasta las de tipo E, las más costosas al estar relacionadas con conductores que manejan con altos grados de alcohol en sus organismos.

En ese sentido, las infracciones pasan entre $3.000.000 hasta $48.000.000 por negarse a realizar la prueba de alcoholemia. Estos son los incrementos por categoría para el 2022: 

Categoría A. Infracciones para conductores de vehículo no automotor o tracción animal

Foto: Movilidad
Foto: Movilidad

Categoría B. Conductor de automotor

Foto: Movilidad
Foto: Movilidad

Categoría C. Conductor vehículo automotor

Foto: Movilidad
Foto: Movilidad

Categoría D. Conductor de vehículo automotor

Foto: Movilidad
Foto: Movilidad

Categoría E. Conductor de vehículo automotor

Foto: Movilidad
Foto: Movilidad

¿Cómo impugnar una multa de tránsito injusta?

Existen herramientas a las que los colombianos pueden acudir cuando consideren que se les fue impuesta una multa de tránsito de manera arbitraria o sin ningún argumento. Estas infracciones se pueden consultar en el sistema Simit con el número de cédula del propietario del vehículo. 

Ángela Sánchez, abogada senior de Peralta & Asociados Abogados, explicó en una entrevista para el diario La República que, en dicha plataforma digital, “hay comparendos que pueden estar vigentes o en validación, este último estado es cuando se está en desacuerdo con la decisión y se está llevando a cabo el trámite de impugnación”. 

Asimismo, Sergio Beltrán, gerente de Led Ser Abogados, explicó para el mismo medio de comunicación el proceso para la impugnación del comparendo.

Beltrán indicó que, para una multa manual impuesta por un agente de tránsito en la vía, el ciudadano tiene un plazo de cinco días para impugnar la misma, mientras que para fotomultas, se tienen 11 días para radicar ese recurso.  

Este proceso se debe adelantar en la Secretaría de Movilidad, entidad que se encargará de asignar una audiencia ante el inspector de tránsito para que el conductor argumente por qué no está de acuerdo con la multa y aporte las pruebas correspondientes al caso. 

Cabe mencionar que la impugnación no requiere de abogados y se debe realizar antes de pagar el comparendo, pues si se realiza la consignación se estaría asumiendo la responsabilidad de la falta de tránsito y no habrá lugar a devoluciones de dinero. 

De igual manera, hay que tener en cuenta que las multas expiran y, si luego de un año no hubo respuesta sobre la impugnación, el comparendo caducará.