Por: Redacción Actualidad • Colombia.com

¿Cómo registrar en Bogotá a perros de razas peligrosas y evitar ser multados por la Alcaldía?

Las multas pueden llegar hasta los 5 millones de pesos y el incumplimiento a las normas podría llevar a los animales a las perreras para ser sacrificados.

Actualización
son casi 14 razas de perro que tiene que hacer un registro en la Alcaldía de sus localidades para no tener inconvenientes. Foto: Shutterstock
son casi 14 razas de perro que tiene que hacer un registro en la Alcaldía de sus localidades para no tener inconvenientes. Foto: Shutterstock

Las multas pueden llegar hasta los 5 millones de pesos y el incumplimiento a las normas podría llevar a los animales a las perreras para ser sacrificados.

De manera determinante, la secretaría de Gobierno informó a los ciudadanos dueños de perros de compañía y de razas que pueden calificarse como ‘agresivas’ registrar a sus mascotas si éstas son consideradas de manejo especial para evitar multas que pueden alcanzar el millón de pesos.
Para empezar, las razas que deben ser registradas y algunos casos especiales de perros de diferentes condiciones son:

  • Caninos que han tenido episodios de agresiones a personas; o les hayan causado la muerte a otros perros 
  • Caninos que han sido adiestrados para el ataque y la defensa 
  • Caninos que pertenecen a una de las siguientes razas o a sus cruces o híbridos como, American staffordshire terrier, bullmastiff, dóberman, dogo argentino, dogo de burdeos, fila brasileiro, mastín napolitano, bull terrier, pit bull terrier, american pit bull terrier, de presa canario, rottweiler, staffordshire terrier, tosa japonés.

Lo anterior es por el motivo del aumento de casos de maltrato animal registrado en el país durante la primera semana de 2022.

Según el Grupo Especial para la Lucha contra el Maltrato Animal, GELMA, han sido judicializadas 4 personas por este tipo de hechos contra los derechos de estos animales.

Este es el Paso a paso del registro para perros de compañía y razas agresivas

  • Acceder al portal de la secretaria de Gobierno www.gobiernobogota.gov.co quienes son poseedores de las razas enumeradas en este artículo con el fin de consultar los documentos requeridos para registrar formalmente a su animal de compañía.
  • Luego de verificados los requisitos, el poseedor deberá presentar una carta ante la Alcaldía local solicitando el registro del perro. La carta debe indicar, nombre del animal, lugar de residencia y características físicas específicas que permitan su identificación.
  • Junto a la carta, el poseedor deberá presentar el carné de vacunación del animal, certificado de sanidad vigente expedido por la Secretaría Distrital de Salud y fotografías de éste para su identificación ante las autoridades.
  • El poseedor debe explicar a la autoridad competente cuál es el lugar habitual de residencia del animal con la especificación de si está destinado a convivir con los seres humanos o si será destinado a la guarda, protección u otra tarea específica.
  • Aunque no está indicado como una obligación, quienes así lo deseen pueden adquirir una póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual que cubre la indemnización de los daños que dichos animales ocasionen a personas, bienes, o demás animales. De no tenerla, los dueños deben hacerse responsables de los daños que ocasione el perro.

Restricciones y sanciones:

  • Una multa de 5 salarios mínimos procederá como sanción al propietario que no cumpla con las anteriores indicaciones, además de que las autoridades de policía delegadas procederán al decomiso del ejemplar y registrarán este incidente en el respectivo registro del animal.
  • Además, al animal se entregará en las perreras mientras el propietario actualiza su registro nuevamente ante las autoridades pertinentes.
  • Este contará con un plazo máximo de diez días contados a partir de la fecha de decomiso, para retirarlo de dichas perreras, provisto del preceptivo bozal y traílla, una vez cancelada la multa impuesta.
  • Los gastos que genere la estancia del animal en las perreras, irán a cargo del propietario. Si el propietario no retira en el plazo establecido, se declarará al animal en estado de abandono y se podrá proceder a su sacrificio eutanásico.

Tiempo de vigencia del registro 

El permiso para la tenencia de perros de manejo especial tiene una vigencia de un año y es expedido en un plazo máximo de cinco días hábiles después de la radicación de los documentos pertinentes.
La dependencia encargada de realizar este trámite es el Área de Gestión Policiva Jurídica de cada Alcaldía Local.

Si usted desea recibir más información o aclarar dudas que tenga sobre los tramites, documentos o restricciones, puede comunicarse a la línea 195 desde cualquier teléfono celular o fijo.