Rotación del pico y placa en Bogotá este jueves, 7 de mayo: ¿qué vehículos pueden circular?
Este miércoles 6 de mayo continúa la rotación del pico y placa en Bogotá. Conoce qué vehículos pueden transitar hoy.
Este miércoles 6 de mayo continúa la rotación del pico y placa en Bogotá. Conoce qué vehículos pueden transitar hoy.
Las más recientes medidas de pico y placa, con los cambios en la rotación de las placas que pueden circular de lunes a viernes, implementadas por la Alcaldía de Bogotá y la Secretaría de Movilidad, fueron creadas con el fin de garantizar una mejor movilidad en la ciudad, teniendo en cuenta la gran cantidad de automóviles que actualmente se encuentran en territorio capitalino.
Este jueves, 07 de mayo, se sigue implementando esta restricción, y es por esta razón que hoy te compartimos cuáles son las placas que tendrán prohibición de circulación, y aquellas que tienen permitido movilizarse por las calles, para que puedas estar seguro y evites cualquier tipo de sanción por parte de las autoridades competentes.
Rotación de pico y placa en Bogotá
Precisamente, al tratarse de un día impar, los vehículos que pueden movilizarse son aquellos que cuenten con una placa que finalice con el número: 1, 2, 3, 4 y 5.
Por su parte, las placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0 tendrán pico y placa, y no pueden transitar durante este día, desde las 6:00 de la mañana, hasta las 9:00 de la noche.
Pico y placa para taxis y vehículos de servicio especial en Bogotá
De igual manera, tanto los taxis como los vehículos de transporte especial tienen un pico y placa diferente al de los particulares; este jueves, 07 de mayo, aquellos con placa terminada en 3 y 4 tendrán restricción de circulación, por lo que no podrán transitar desde las 5:30 de la mañana, hasta las9:00 de la noche.
Sanciones
Pero, ¿qué pasa si se incumple la medida del pico y placa? Aquellos vehículos que hagan caso omiso a la restricción y se movilicen en horarios y días en los que no está permitido, se enfrentarán a una sanción económica de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, equivalentes a aproximadamente $604.100 pesos, según lo establecido por el Código Nacional de Tránsito.
Asimismo, los agentes de tránsito podrán inmovilizar el vehículo con el que se generó la infracción, motivo por el cual, sumado a los gastos del comparendo, el propietario tendrá que pagar los costos que están relacionados con la permanencia del vehículo en los patios de la ciudad, y con el servicio de grúa para transportarlo hasta allí.