Empresas podrían pagar multas de hasta $7.100 millones por usar mal estos contratos laborales

El Gobierno endureció las reglas de contratación en Colombia. Empresas que usen mal la tercerización podrían enfrentar multas de hasta $7.100 millones.

Por: Laura Campo • Colombia.com
Cambian las reglas para contratar en Colombia. Foto: Shutterstock
Cambian las reglas para contratar en Colombia. Foto: Shutterstock

El Gobierno endureció las reglas de contratación en Colombia. Empresas que usen mal la tercerización podrían enfrentar multas de hasta $7.100 millones.

El Gobierno nacional expidió el Decreto 0583 de 2026, una normativa que introduce cambios importantes en las reglas de contratación laboral en Colombia y que busca frenar prácticas irregulares relacionadas con la tercerización. La medida ha generado preocupación en el sector empresarial debido a las sanciones económicas que contempla, las cuales podrían superar los $7.100 millones.

La nueva reglamentación fortalece las facultades del Ministerio del Trabajo para inspeccionar, vigilar y sancionar a las empresas que incurran en intermediación laboral ilegal. Aunque la tercerización sigue siendo una figura permitida en el país, ahora estará sujeta a controles más estrictos para evitar que se utilice como mecanismo para evadir responsabilidades laborales.

En términos generales, la tercerización consiste en contratar a un tercero para desarrollar ciertas actividades dentro de una organización. Esta práctica es legal siempre que no se utilice para ocultar relaciones laborales directas ni para incumplir obligaciones como el pago de salarios, prestaciones sociales o aportes a seguridad social.

El problema surge cuando las empresas recurren a estas figuras para vincular trabajadores que desempeñan funciones permanentes o misionales, es decir, actividades propias del núcleo del negocio. En estos casos, las autoridades podrían considerar que existe una intermediación ilegal.

El decreto pone bajo revisión modalidades como las cooperativas de trabajo asociado, los contratos sindicales, las empresas de servicios temporales y otras formas de contratación a través de terceros. Aunque estas figuras no están prohibidas, no podrán ser utilizadas para sustituir empleados que deberían estar vinculados directamente a la empresa ni para desconocer derechos laborales.

Además de las multas, que pueden alcanzar hasta 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, la norma contempla otras sanciones. Entre ellas se encuentra la posibilidad de revocar la autorización de funcionamiento de empresas de servicios temporales o negar nuevos permisos a compañías con antecedentes de incumplimiento.

Otro aspecto clave es que las multas podrían incrementarse en caso de reincidencia. Según lo establecido, las multas podrían aumentar hasta en un 50% dependiendo de la gravedad de la conducta y las condiciones en las que se haya cometido la infracción.

Con este decreto, el Gobierno busca garantizar que la tercerización continúe siendo una herramienta legal, pero sin convertirse en una vía para vulnerar los derechos de los trabajadores en el país.

En este contexto, las autoridades recomiendan a las empresas revisar sus modelos de contratación y ajustarlos a la normativa vigente, con el fin de evitar sanciones y garantizar el cumplimiento de los derechos laborales. La correcta aplicación de la tercerización será clave para mantener el equilibrio entre eficiencia empresarial y protección de los trabajadores.