Embargos a deudores y extensión del metro: Los puntos clave del nuevo Plan de Desarrollo
La Comisión Primera del Concejo de Bogotá da luz verde al Plan Distrital de Desarrollo, destinando 142 billones de pesos y facultando embargos a deudores de tránsito.

La Comisión Primera del Concejo de Bogotá da luz verde al Plan Distrital de Desarrollo, destinando 142 billones de pesos y facultando embargos a deudores de tránsito.
La Comisión Primera de Plan y Administración Distrital del Concejo de Bogotá aprobó en primer debate el Plan Distrital de Desarrollo propuesto por la Alcaldía de Galán. De los 380 artículos originales, se aprobaron 324 tras seis sesiones de debate, concluyendo la discusión el 25 de mayo.
El plan establece cinco objetivos fundamentales y prevé una inversión total de 142 billones de pesos. Entre las medidas destacadas se encuentran la mejora del servicio de alumbrado público mediante la aplicación de impuestos, la extensión de la primera línea del metro hasta la calle 100 y un descuento del 80% en las deudas tributarias con el distrito.
Uno de los artículos más controvertidos aprobados permite al distrito embargar bienes a los deudores, facultando al gobierno local a tomar posesión de productos financieros de quienes no paguen sus multas de tránsito.
Además, se obliga a la Secretaría de Movilidad a crear una estrategia para asegurar el pago puntual de estas multas. Esta disposición no es nueva, ya que desde 2022 existía una resolución en proceso que permitía embargos por deudas de tránsito, deudas anteriores, acuerdos de pago en mora o vehículos en patios de la Secretaría de Movilidad.
Según esta resolución, un ciudadano declarado contraventor tendría 30 días para pagar la multa antes de que esta se convierta en cobro coactivo, permitiendo el embargo de cuentas bancarias, bienes inmuebles, vehículos, salarios y honorarios.
En años anteriores, la Secretaría de Movilidad ya había ordenado embargos de productos bancarios y financieros por infracciones de tránsito cometidas entre 2018 y 2020, sumando un total de 11,829 embargos.
La Dirección de Gestión de Cobro de la entidad de movilidad está autorizada, según el artículo 838 del Estatuto Tributario Nacional, para ordenar embargos que pueden alcanzar hasta el doble del monto original de la deuda más los intereses correspondientes.
La Secretaría ha puesto a disposición de los ciudadanos un "Abecé de desembargos" en su página web, que explica detalladamente cómo solicitar el desembargo una vez la deuda esté saldada.
En cuanto a las infracciones de tránsito, durante los primeros ocho meses de 2023 se emitieron 321,849 comparendos a motociclistas y conductores en Bogotá, un promedio de más de 1,300 comparendos diarios.
Las localidades de Fontibón, Kennedy y Teusaquillo registran el mayor número de infracciones. Entre las faltas más comunes de los motociclistas están no transitar por un solo carril, no realizar la revisión técnico-mecánica y estacionar en sitios prohibidos.
Los conductores de automóviles, por su parte, son sancionados principalmente por transitar en sitios restringidos o en horas prohibidas (como no respetar el pico y placa), estacionar en lugares no autorizados y no acatar las señales de tránsito, incluyendo los límites de velocidad.