¿Sigue en pie la condena de 28 años de Santiago Uribe? Corte Suprema rechaza último recurso
La Corte Suprema rechazó la casación de Santiago Uribe y dejó en firme la condena de 28 años por el caso del grupo paramilitar Los 12 Apóstoles.
La Corte Suprema rechazó la casación de Santiago Uribe y dejó en firme la condena de 28 años por el caso del grupo paramilitar Los 12 Apóstoles.
La Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso extraordinario de casación presentado por la defensa de Santiago Uribe Vélez, decisión con la que queda cerrada la discusión judicial sobre su condena por el caso del grupo paramilitar conocido como ‘Los 12 Apóstoles’.
El alto tribunal consideró que el recurso no era procedente y señaló que la sentencia emitida días atrás ya había garantizado el derecho a la doble conformidad, mecanismo mediante el cual se revisó la condena impuesta en su contra.
Con esta determinación, la Corte ratificó que no existen nuevas instancias ordinarias dentro de este proceso y dio por finalizado el debate jurídico relacionado con la responsabilidad penal de Santiago Uribe, hermano del expresidente Álvaro Uribe Veléz.
“Se logró asegurar el resguardo de la garantía fundamental de la doble conformidad a Santiago Uribe Vélez, dando así por concluida toda discusión procesal que, en el marco de esa actuación jurisdiccional, se hubiera podido presentar”, señala la decisión judicial.
La decisión deja en firme la sentencia que condenó a Santiago Uribe a 28 años de prisión por los delitos de homicidio agravado y concierto para delinquir.
Defensa buscaba una nueva revisión del fallo
La solicitud había sido presentada por el abogado Jaime Granados, quien explicó a caracol Radio que la legislación permitía acudir al recurso de casación luego de que la Corte resolviera la impugnación especial contra la sentencia condenatoria.
Granados explicó al medio ya mencionado que, “Se ha establecido que por regla general en contra de las sentencias que resuelven sobre impugnaciones especiales NO procede el recurso extraordinario de casación, pero paralelamente desarrollando subreglas normativas tendientes a que en los casos en los cuales haya absolución y condena en un mismo caso, habilitar la procedencia conjunta de la impugnación especial y la casación en un mismo asunto”.
La defensa sostenía que el caso tenía características particulares, debido a que Santiago Uribe había sido absuelto inicialmente y posteriormente condenado por una decisión de segunda instancia, situación que, a su juicio, justificaba una nueva revisión judicial.
Sin embargo, la Sala de Casación Penal concluyó que el recurso no cumplía los requisitos para ser estudiado y decidió rechazarlo.
"Se trata de una decisión que, como quedó expresamente señalado en la propia providencia, no admite recurso alguno", concluyó la Corte.