Actualidad • MAY 19 / 2011
Sentencia a computadores de 'Reyes' va en contra de operación Feníx
En la sentencia, la Corte Suprema afirma que "las Fuerzas Armadas ejercieron poderes de Policía Judicial que no tenían" y afirma que hubo "desatención a la cooperación judicial".
En la sentencia, la Corte Suprema afirma que "las Fuerzas Armadas ejercieron poderes de Policía Judicial que no tenían" y afirma que hubo "desatención a la cooperación judicial".
"Las Fuerzas Armadas colombianas dentro del marco de la Operacion Fénix, ejercieron poderes de Policía Judicial que no tenían, registrando lugares y recogiendo elementos materiales de conocimiento que luego ingresaron al país, dejando unos reductos de evidencias, lo que significó desatención a la cooperación judicial, pasando por alto que las pruebas provenientes del exterior no son ajenas al principio de legalidad y con él al de un debido proceso".
Afirma el fallo que "por eso, como el territorio del Estado colombiano demarca la medida y límite de sus autoridades, por principio de competencia, sus agentes, a menos que tenga anuencia del otro Estado y sigan las reglas dispuestas por los tratados y convenios internacionales, no pueden producir pruebas legales, válidas o legítimas, más allá de las fronteras nacionales".
"La producción o práctica de pruebas en el exterior también atiende a un debido proceso, no se pueden recoger de manera informal, de facto, sino siguiendo un método legal, en el que está involucrado no solo el derecho nacional, sino también el de los Estados concernidos", señala la sentencia.
Agrega que "lo que se han llamado correos electrónicos de "Raúl Reyes en realidad se desconoce si lo fueron, pues no se hallaron en un navegador o red de transmisión de datos, sino en formato de word, en archivos estáticos que no ligan un origen con un destino, remotos. Quienes recogieron esos documentos, los copiaron y clasificaron, no informan haber ingresado al correo electronico presuntamente utilizado por "Raúl Reyes".
caracol.com.co
Afirma el fallo que "por eso, como el territorio del Estado colombiano demarca la medida y límite de sus autoridades, por principio de competencia, sus agentes, a menos que tenga anuencia del otro Estado y sigan las reglas dispuestas por los tratados y convenios internacionales, no pueden producir pruebas legales, válidas o legítimas, más allá de las fronteras nacionales".
"La producción o práctica de pruebas en el exterior también atiende a un debido proceso, no se pueden recoger de manera informal, de facto, sino siguiendo un método legal, en el que está involucrado no solo el derecho nacional, sino también el de los Estados concernidos", señala la sentencia.
Agrega que "lo que se han llamado correos electrónicos de "Raúl Reyes en realidad se desconoce si lo fueron, pues no se hallaron en un navegador o red de transmisión de datos, sino en formato de word, en archivos estáticos que no ligan un origen con un destino, remotos. Quienes recogieron esos documentos, los copiaron y clasificaron, no informan haber ingresado al correo electronico presuntamente utilizado por "Raúl Reyes".
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