Justicia cierra la puerta a intento de revivir candidatura de Iván Cepeda en consulta interpartidista

El Tribunal Superior de Antioquia rechazó la tutela que pedía habilitar a Iván Cepeda en la consulta del 8 de marzo, tras su decisión de no participar.

Por: Laura Campo • Colombia.com
Candidato presidencial Iván Cepeda. Foto: Twitter IvanCepedaCast
Candidato presidencial Iván Cepeda. Foto: Twitter IvanCepedaCast

El Tribunal Superior de Antioquia rechazó la tutela que pedía habilitar a Iván Cepeda en la consulta del 8 de marzo, tras su decisión de no participar.

El Tribunal Superior de Antioquia señaló improcedente la acción de tutela que buscaba restablecer la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de negar la presencia de Iván Cepeda en la consulta del Frente por la Vida organizada para el 8 de marzo.

El recurso fue propuesto por el ciudadano Édgar Alberto Vargas González, quien argumentó que el CNE procedió de manera antidemocrática y sin fundamentos jurídicos adecuados para evitar la inscripción del senador. Según el demandante, la determinación violaba derechos fundamentales como la participación política, el debido proceso y la confianza legítima dentro del calendario electoral.

La problemática surgió luego de que la Sala Plena del CNE, en una votación 6 a 4, determinara que Cepeda no podía formar parte en esa consulta, puesto que ya había intervenido en la consulta interna del Pacto Histórico realizada el 26 de octubre de 2025. La decisión estuvo marcada de disputas, cambios de postura entre magistrados y la asignación de conjueces para completar el quórum establecido.

No obstante, cuando el Tribunal entró a evaluar la tutela, el escenario político había cambiado. El propio Iván Cepeda manifestó públicamente su decisión de no persistir en la consulta del 8 de marzo y de dedicar su aspiración en la primera vuelta presidencial prevista para el 31 de mayo.

En un fallo de cinco páginas, la Sala Civil y de Familia determinó que se configuró una dificultad actual de objeto por hecho sobreviniente, es decir, que la situación que dio lugar a la tutela perdió vigencia tras la renuncia del candidato a participar en la consulta. Por ende, no era originario emitir una orden judicial sobre un asunto que ya no tenía efecto.

Los magistrados también tuvieron en cuenta los documentos enviados por el CNE y la Registraduría Nacional del Estado Civil, en la que se confirmaba el desistimiento del senador y la decisión de su comunidad política. El Tribunal destacó que no podría ordenar la inclusión de un aspirante en un mecanismo electoral en contra de su voluntad expresa.

Con este comunicado, queda clara la exclusión de Cepeda de la consulta interpartidista. Por otra parte, la Registraduría ya hizo publicó el tarjetón oficial para la jornada del 8 de marzo, lo que determina el cierre definitivo de este episodio y cambia la atención al escenario de la primera vuelta presidencial, donde se sabrá el rumbo de la contienda electoral.