Los colegios privados pagan una pensión mensual la cual aumenta en tarifa cada año: ¿cómo quedará en 2026?
El Ministerio de Educación dio a conocer las tarifas y aumento de porcentajes que se darán en las matrículas y pensiones de colegios privados.

El Ministerio de Educación dio a conocer las tarifas y aumento de porcentajes que se darán en las matrículas y pensiones de colegios privados.
Quedan solo unos meses para culminar el año 2025 y los padres de familia esperan los recibos de matrícula para el año 2026 y conocer el precio de las mensualidades.
Cada año estas tarifas suelen aumentar en cierto porcentaje y es algo que los padres de familia tienen presente antes de culminar el año para ahorrar y así poder alistar el bolsillo para el año 2026. Por parte del Ministerio de Educación han compartido los valores de incremento que se establecería para matrículas, pensiones y demás cobros que se realizan en los colegios privados.
Porcentaje de incremento en matrículas de colegios privados en 2026
Para el año 2026 los padres de familia y/o acudiente que se hacen cargo del pago de matrículas y pensiones de los estudiantes deberán tener en cuenta que los incrementos para el siguiente año irán de un 5,26% a un 9,1% como máximo, según se cumplan los factores mencionados por parte del Ministerio de Educación:
- Resultado de la autoevaluación, los establecimientos educativos se clasifican en uno de los regímenes de tarifas establecidos en la Ley: regulado, vigilado o controlado; que deben reportarse en el Sistema de Información de Evaluación Institucional (EVI).
- Índice de permanencia en los establecimientos educativos privados, que "Permite medir el número de estudiantes que permanecen matriculados en el establecimiento en un periodo determinado, promoviendo estrategias pedagógicas y didácticas que disminuyan la tasa de deserción y pérdida académica; aportando al cumplimiento de las trayectorias educativas completas, de una manera integral".
- También, el Ministerio de Educación menciona que se reconocerá con un 0,3% adicional a los colegios que implementen estrategias de educación inclusiva y atiendan a estudiantes con discapacidad, registrados oficialmente en el sistema del Ministerio.
- Y también, podrán aplicar un incremento adicional de hasta el 2,2% a los establecimientos que realizan los pagos, de acuerdo con el escalafón del Decreto 2277/7, o su estructura salarial en el año 2025 fue igual o superior a la del escalafón docente del Decreto Ley 2277 de 1979
Rangos según el régimen tarifario

Cabe resaltar que como todos los años, los colegios no podrán exigir marcas específicas en los útiles escolares, ni uniformes o demás materiales que se soliciten, además las listas deberán ser aprobadas por el Consejo Directivo.
Por parte del transporte, alimentación y alojamiento deberán cumplir con la norma y no podrán afectar la permanencia escolar por falta de pago de la pensión mensual.