Por: Oscar López • Colombia.com

Jurados de votación: conozcan cuáles son las sanciones por inasistencia a la jornada electoral

De acuerdo con el Código Electoral, quienes sean designados como jurados y no asistan tendrán que recibir multas económicas e incluso de destitución de sus cargos.

Las sanciones son económicas y hasta de destitución de sus cargos en caso de ser trabajadores públicos. Foto: EFE
Las sanciones son económicas y hasta de destitución de sus cargos en caso de ser trabajadores públicos. Foto: EFE

De acuerdo con el Código Electoral, quienes sean designados como jurados y no asistan tendrán que recibir multas económicas e incluso de destitución de sus cargos.

El próximo domingo 29 de octubre se llevará a cabo una nueva jornada electoral que definirá los alcaldes, gobernadores, concejales y ediles para el periodo 2024-2027. En el marco de estos comicios, la Registraduría habilitó desde el martes 3 de octubre la opción en su página web para consultar quiénes fueron designados como jurados de votación. Sin embargo, muchas personas a pesar de ser seleccionadas no saben cuáles son las funciones que tendrán que desempeñar ese día.

Pues bien, a continuación le explicamos los cargos que tendrá cada jurado citado por mesa. Estos son seleccionados de manera aleatoria y a pesar del nombre, no representa una posición de poder sobre los demás compañeros jurados ni delegar órdenes a los testigos electorales o funcionarios de la Registraduría. El presidente de la mesa es el encargado de recibir el documento de los ciudadanos registrados en esa mesa para votar, mientras que un vicepresidente es el que registra a cada persona en el formulario E-11.

Habrá también por mesa un vocal encargado de entregar los tarjetones (alcaldía y concejo) y tres suplentes destinados a vigilar la urna, verificar que el sufragante cumpla con el recorrido hasta el cubículo donde marca al candidato de su preferencia y efectuar la entregar del certificado electoral.

¿Cuáles son las sanciones para los jurados que no asistan a cumplir con su obligación?

Si usted fue seleccionado como jurado y no asistió a la jornada sin una justificación válida, tendrán una multa de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV). Si el jurado que no fue a cumplir son su deber en la mesa de votación ejerce algún cargo público, será destituido de este. Vale mencionar que el artículo 105 del Código Electoral establece que el cargo de jurado de votación es de aceptación forzosa, por lo que aquellos designados y que no vayan, tendrán que recibir las sanciones ya explicadas.

Por otra parte, aquellas personas que no puedan ejercer como jurado por motivos de fuerza mayor, tendrán que acercarse a la Registraduría Municipal, Distrital o Especial que lo asignó en este cargo y presentar la documentación necesaria que compruebe el motivo de su ausencia:

  • En caso de muerte de un familiar de primer grado de consanguinidad, el seleccionado como jurado tendrá que presentar el certificado de defunción y el documento de identidad de la persona fallecida.
  • Si es por enfermedad, solo tendrá que presentar el certificado médico expedido bajo la gravedad de juramento
  • Si la persona no puede asistir porque fue asignado en un municipio muy alejado de su residencia, debe entregar la certificación de vecindad expedida por la autoridad competente del sitio en que vive (Alcaldía o Gobernación).