Por: Willmary Montilla • Colombia.com

Anif sentencia que el salario mínimo no puede subir más de 37 mil pesos

La Asociación Nacional de Instituciones Financieras (ANIF) asegura que el aumento no debe superar el 4.5%. 

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La Asociación Nacional de Instituciones Financieras (ANIF) asegura que el aumento no debe superar el 4.5%. 

Un analísis difundido por la Asociación Nacional de Instituciones Financieras (ANIF) sentencia que el Salario Mínimo Legal (SML) no puede exceder los 37 mil 300 pesos. ¿Cuáles son las razones? Al parecer si se sube más de lo indicado, la inflación se acrecentaría en el país. 

"El incremento del Salario Mínimo Legal (SML) no debería desbordar el 4.5% para 2020 ya que se esperaría una inflación del 3.5% y unas ganancias en productividad no superiores al 1%", explicaron los empresarios en un comunicado. 

@lafmmanizales

Aumento de salario mínimo...

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En cifras, el salario mínimo en Colombia, pasaría de $828.100 a $865.400. Lo que no representa un valor añadido al poder adquisitivo del colombiano. 

Según los estudios presentados por el gremio, un incremento mayor “tendría el riesgo de agravar la destrucción de puestos de trabajo”. Las circunstancias se darían ya que para las empresas sería insuficiente cumplir con las rigideces estructurales del mercado laboral de Colombia.

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Al mismo tiempo señalaron al Gobierno, que deben trabajar en los avances de los pactos de competitividad y acelerar la flexibilización del mercado laboral para que se puedan generar más plazas laborales en el país. 

“La legislación vigente debe adaptarse a la existencia de la temporalidad rural y la flexibilidad que requieren los trabajos por horas tipo Rappi. Adicionalmente, debe profundizarse en reducir los sobrecostos laborales, disminuir los costos de despido e implementar un SML diferencial para los jóvenes en período de aprendizaje”, afirmo el comunicado. 

Este último punto ha dado mucho de qué hablar entre los demás gremios de trabajadores, ya que consideran una "grosería" brindar a un joven profesional sólo el 75% del salarío mínimo vigente.