Bogotá da primer paso: aprueban señalización para prohibir drogas en espacios públicos
La Cámara de Bogotá aprobó en primer debate señalizar zonas donde estará prohibido el consumo de drogas. Busca proteger colegios, parques y plazas.

La Cámara de Bogotá aprobó en primer debate señalizar zonas donde estará prohibido el consumo de drogas. Busca proteger colegios, parques y plazas.
En la tarde del pasado viernes 6 de junio, el Concejo de Bogotá en su Comisión de Gobierno, aprobó en primer debate el proyecto de acuerdo que establece una señalización clara en parques, colegios, corredores educativos y espacios públicos donde se prohibirá el consumo y porte de sustancias psicoactivas.
La iniciativa, planteada por el concejal Andrés Barrios e impulsada por la concejal Diana Marcela Diago, se desarrolla como cumplimiento de la Sentencia C-127 de 2023 de la Corte Constitucional, que otorgó a municipios la facultad de restringir el uso de drogas en zonas específicas sin instaurar una prohibición general.
De acuerdo con la concejal Diana Marcela Diago, esta propuesta surge ante el aumento del consumo de drogas en lugares públicos como parques y zonas verdes, donde también transitan niños y menores de edad.
“Es nuestra responsabilidad salvar a los niños, niñas y adolescentes de la droga y la delincuencia. Es increíble que la administración no haga nada al respecto frente a esta problemática que tiene azotada a la juventud”, manifestó.
El acuerdo establece que las “Zonas Libres de Drogas en Bogotá” estarán claramente delimitadas y señalizadas, y su alcance cubrirá las 24 horas del día?. En estas áreas, regirá la prohibición del consumo y porte de sustancias psicoactivas.
Entre las sustancias prohibidas, enumeradas en las listas I y II de la Convención Única de Estupefacientes de 1961, se incluyen la marihuana, la cocaína, la heroína, drogas sintéticas, entre otras. No se contempla el cigarrillo en esta norma.
De ser aprobada la normativa de forma definitiva en el Concejo, el incumplimiento será sancionado según lo previsto en el artículo 33 del Código Nacional de Policía y Convivencia (Ley 1801 de 2016), que establece los "Comportamientos que afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas". Entre las sanciones contempladas están: multa General tipo 3, disolución de reunión o actividad que involucra aglomeraciones de público no complejas y amonestación.
Tras su aprobación en la Comisión de Gobierno en Bogotá, el proyecto avanzará a la plenaria del Concejo, donde se debatirá y votará en segundo debate. Luego pasará al despacho del alcalde Carlos Fernando Galán, quien podrá sancionarlo, objetarlo o declararlo inconstitucional?.
¿Los letreros son la solución?
Frente a esta propuesta, la concejal Quena Ribadeneira anunció que presentará una demanda de nulidad, argumentando que “llenar la ciudad de letreros no resuelve el problema” y que se requieren estrategias de salud pública, reducción de daños y regulaciones más precisas.