Presidente Petro le ganó el pulso a las demandas: podrá seguir transmitiendo por televisión sus Consejos de Ministros
El Consejo de Estado determinó que las transmisiones de los Consejos de Ministros de Petro no han violado reserva o confidencialidad.

El Consejo de Estado determinó que las transmisiones de los Consejos de Ministros de Petro no han violado reserva o confidencialidad.
La polémica detrás de los consejos detrás de los consejos de ministros televisados del presidente Gustavo Petro, y si estos vulneran los derechos de los televidentes, quedó resuelta tras una sentencia del Consejo de Estado, emitida en las últimas horas de este viernes, 9 de mayo.
El tribunal ha establecido que las transmisiones televisivas de las sesiones del Consejo de Ministros, realizadas por la Presidencia de la República de manera pública, “no han violado normas sobre reserva legal”.
En un fallo de la Sección Quinta del alto tribunal, los consejeros confirmaron una sentencia de primera instancia formulada por el Tribunal Administrativo de Caldas, en la que se determinó que no se pudo establecer que las sesiones del Gobierno transmitidas por televisión tuvieran por finalidad la confidencialidad de los temas tratados.
El pronunciamiento del tribunal de Caldas, confirmado por el Consejo de Estado, se dio en respuesta a una demanda que invocaba el artículo 9 de la Ley 63 de 1923, la cual establece que “las sesiones del Consejo de Ministros como cuerpo consultivo son absolutamente reservadas, y no podrá revelarse ni el nombre del ministro a cuyo estudio haya pasado cada asunto materia de consulta".
Sin embargo, a juicio de los magistrados, no existen pruebas documentales que confirmen la convocatoria formal de los Consejos de Ministros en el que se hayan tratado temas sometidos a confidencialidad.
“No hay ningún documento que dé cuenta de la convocatoria del Consejo de Ministros, ni otro que evidencie que este se convocó y se reunió como cuerpo consultivo, y que allí, además, se hayan revelado asuntos materia de consulta que un ministro determinado tuviera a su cargo”, señala la sentencia.
La decisión judicial indica también que no se dispone de actas, órdenes del día ni registros sobre debates o decisiones tomadas en la reunión en cuestión.
Por otra parte, los magistrados reconocieron que, el presidente Petro ha defendido la transmisión de estos encuentros, argumentando que buscan garantizar transparencia y fortalecer el derecho de los ciudadanos a conocer las decisiones que se toman en la administración pública.
Siendo así, desde ahora Petro tiene la potestad de transmitir los consejos de ministros, según los considere pertinente. Sin embargo, cabe mencionar que los canales privados, como RCN y Caracol, no tienen la obligación de transmitir el consejo de ministros, a menos de que sean anunciados desde Presidencia como una alocución del mandatario.