Por: Yuly Solis • Colombia.com

El ‘Impuesto Saludable’ afectará a 21 de los 443 productos de la canasta básica alimentaria

El nuevo impuesto entrará a regir el próximo 1º de noviembre y se aplicará a los alimentos ultraprocesados y a las bebidas azucaradas.

Actualización
El ‘Impuesto saludable’ afectará solo a 21 de los 443 productos de la canasta básica alimentaria. Foto: Pixabay
El ‘Impuesto saludable’ afectará solo a 21 de los 443 productos de la canasta básica alimentaria. Foto: Pixabay

El nuevo impuesto entrará a regir el próximo 1º de noviembre y se aplicará a los alimentos ultraprocesados y a las bebidas azucaradas.

La Reforma Tributaria del 2022, trajo consigo un nuevo impuesto para alimentos y bebidas que se consideran como “no saludables” por su alto contenido en azúcares añadidos, grasas saturadas y sodio.

La nueva medida tributaria denominada como “Impuesto Saludable”,  tiene como finalidad promover la reformulación de aquellos productos que son de consumo masivo y están generando un aumento en el riesgo de la población colombiana de sufrir enfermedades crónico-degenerativas.

Según explicó el ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, solo 21 de los 443 productos que componen la canasta básica “tendrán efectos inflacionarios por la entrada en vigencia del llamado ‘impuesto saludable’, a partir del próximo primero de noviembre”.

El Ministerio, a través de un comunicado, recalcó que el impuesto a los alimentos ultraprocesados no afectará a productos como las frutas, verduras, tubérculos, leche, carne, huevos, pescado, granos ni pan.

“La razón es muy sencilla: es un impuesto de salud pública. La canasta básica en Colombia es de 43 productos, este impuesto no grava frutas, verduras, tubérculos, ni hortalizas. Tampoco grava leche, huevos, pollo, carne, cerdo o pescado. No grava granos ni pan. Solo hay 21 productos y sus variedades que están gravados”, explicó el funcionario.

Los productos gravados, según la cartera de Hacienda, “serán únicamente aquellos que, teniendo los sellos frontales de advertencia, pertenezcan a las partidas y subpartidas arancelarias establecidas en la Ley, como es el caso de las golosinas, embutidos o paquetes de frituras”.

Alimentos y bebidas gravados

De acuerdo con la Reforma Tributaria (Ley 2277 de 2022), las bebidas azucaradas objeto del impuesto saludable incluyen: bebidas gaseosas y carbonatadas; a base de malta; tipo té y café; a base frutas; refrescos, zumos y néctares de fruta; energizantes; deportivas; refrescos; aguas saborizadas y mezclas en polvo.

La tasa de impuesto depende del contenido de azúcar en gramos por cada cien mililitros de cada bebida: entre 6 gramos y 10 gramos de azúcar, pagarán $18 pesos por cada 100 mililitros; y con más de 10 gramos de azúcares añadidos pagarán $35.

Algunas bebidas azucaradas estarán exentas:

  • Las fórmulas infantiles
  • Medicamentos con incorporación de azúcares adicionados 
  • Productos de terapia nutricional y alimentos líquidos 
  • Polvos para propósitos médicos especiales

Los alimentos ultraprocesados son aquellos que contienen aditivos y cosméticos que les den color, sabor o textura con alto contenido de azúcares añadidos, grasa total, grasas saturadas y sodio.

Entre estos figuran: chocolates, salchichas, embutidos a excepción del salchichón, mortadela y la butifarra. También están productos de confitería, panadería, pastelería y galletería (excepto pan y obleas), helados, mermeladas, entre otras categorías de alimentos.