Por: Yuly Solis • Colombia.com

¡La Reforma Laboral es un hecho! La Cámara de Representantes aprobó la iniciativa del Gobierno Petro

La iniciativa gubernamental de la reforma laboral fue aprobada en la conciliación con la Cámara de Representantes para que pase a sanción presidencial.

Actualización

La iniciativa gubernamental de la reforma laboral fue aprobada en la conciliación con la Cámara de Representantes para que pase a sanción presidencial.

Sobre el medio día de este viernes, 20 de junio, la Cámara de Representantes y el Senado de la República aprobaron la conciliación de la Reforma Laboral, haciendo oficial la iniciativa del Gobierno Nacional. El proyecto ahora pasa a sanción del Presidente Gustavo Petro para que sea Ley de Colombia.

La votación del informe de conciliación quedó de la siguiente manera: en el Senado recibió 59 votos por el Sí y 16 por el No, mientras que en la Cámara de Representantes se registraron 126 votos por el Sí y 2 por el No.

El presidente Gustavo Petro no demoro en hacer uso de sus redes sociales para celebrar el éxito del proyecto que lleva impulsando desde que llegó a la Casa de Nariño. 

“El pueblo trabajador de Colombia ha ganado su primera victoria después de 34 años, cuando en la constitución se ordenó hacer una ley del estatuto del trabajo, orden desde entonces incumplida. Se que falta mucho, pero le he cumplido a la clase trabajadora, en la que me crie como hombre libre y dirigente y a la que permanezco leal”, señaló Petro.

¿Cómo quedó la reforma laboral aprobada?

Entre los cambios más importantes se encuentra el aumento escalonado del recargo dominical y festivo. En 2025 será del 80 %, en el 2026 será de 90 %, y en 2027, el 100 %. El recargo nocturno inicia desde las 7:00 p.?m. y regirá seis meses después de la expedición de la ley.

Así mismo, fue aprobado el carácter laboral del contrato de aprendizaje del SENA, con salario del 75% en etapa lectiva. De acuerdo a lo establecido en la la reforma laboral, los aprendices tendrán derecho a remuneración del 100 % de un salario mínimo en su etapa práctica, así como cotización a salud, pensión, ARL, primas y vacaciones. También se avaló una multa mensual de 1,5 salarios mínimos por aprendiz no contratado.

Por otro lado, fue eliminado el parágrafo del artículo 12, que establecía 4 días de trabajo y 3 de descanso respecto a la jornada máxima legal, en ese sentido, este aspecto sostiene excepciones tales como que el empleador y el trabajador o la trabajadora, podrán acordar que la jornada semanal de cuarenta y dos (42) horas se realice mediante jornadas diarias flexibles de trabajo, distribuidas en máximo seis días a la semana con un día de descanso obligatorio, que podrá coincidir con el día domingo.

La plenaria del Senado también aprobó el artículo 74 con modificaciones y que consiste en la vinculación de las madres comunitarias y sustitutas, y que entrará en vigencia 12 meses después de aprobado el proyecto. Mientas que se eliminaron los subsidios de los cuales son beneficiarias, cuando se formalicen laboralmente.

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