Por: Redacción Actualidad • Colombia.com

Niegan tutela a policía que fue destituido por conducir ebrio en pleno servicio

Niegan tutela a policía que fue destituido por conducir ebrio en pleno servicio, el Tribunal Administrativo de Boyacá y la sección segunda del Consejo de Estado ratificaron la decisión judicial.

Actualización
Un policía del departamento de Boyacá fue destituido por conducir ebrio en servicio y ocasionar un accidente, él interpuso una tutela para ser reintegrado, pero la negaron. Foto: Pixabay
Un policía del departamento de Boyacá fue destituido por conducir ebrio en servicio y ocasionar un accidente, él interpuso una tutela para ser reintegrado, pero la negaron. Foto: Pixabay

Niegan tutela a policía que fue destituido por conducir ebrio en pleno servicio, el Tribunal Administrativo de Boyacá y la sección segunda del Consejo de Estado ratificaron la decisión judicial.

A un miembro de la Policía Nacional le fue negada una tutela que presentó en la que solicita su reintegro a la institución luego de que esta lo destituyera por conducir ebrio una patrulla y que ocasionara un accidente.

Jeiber de Jesús Torres Cristancho conducía una patrulla el 5 de marzo de 2013 en la vía que de Tibasosa conduce a Sogamoso en el departamento de Boyacá cuando se estrelló, entonces las investigaciones del suceso indicaron que el policía en el momento del accidente se encontraba bajo los efectos del alcohol.

En el examen clínico, la prueba de alcohol dio negativa, pero en Medicina Legal resultó positiva, en el fallo disciplinario de la Policía se concluyó que el patrullero había incurrido en las faltas previas en los numerales 21 literal g, y 26 del artículo 34 de la ley 1015 de 2006 por conducir un vehículo en estado de embriaguez, por consumir bebidas alcohólicas y por encontrarse bajo los efectos de estas durante su servicio, por tal razón se le impuso una sentencia de destitución de su cargo y una inhabilidad general por término de 11 años, decisión apelada pero posteriormente confirmada.

La Sección Segunda del Consejo de Estado y el Tribunal Administrativo de Boyacá determinaron que el proceso disciplinario fue legal y este tuvo como resultado la sanción al expolicía, pero él interpuso una demanda de tutela para que el Consejo de Estado dejara sin efectos el fallo de la determinación disciplinaria.

El Expolicía Torres Cristancho consideró que se le vulneró su derecho al debido proceso, según él, porque al examinarse la legalidad del proceso ha debido aplicarse la duda razonable teniendo en cuanta que existieron dos pruebas de medición de alcohol con resultados diferentes.

El Consejo de Estado concluyó que esa consideración ya había sido objeto de reflexión en el juicio que adelantaron el Tribunal Administrativo de Boyacá y la sección segunda del Consejo de Estado, entonces la acción de tutela no podría convertirse en una tercera instancia para controvertir los argumentos que no fueron considerados en el proceso ordinario.

Los casos de policías destituidos por conducir ebrios han aumentado, incluso, sin estar conduciendo vehículos, también han sido sorprendidos prestando su servicio e ingiriendo bebidas alcohólicas mientras prestan su servicio, acciones que han sido severamente castigadas.