Por: María Andrea Suárez • Colombia.com

Reforma a la salud: las 6 facultades especiales que tendría Gustavo Petro de aprobarse la iniciativa

La reforma a la salud radicada por el Gobierno detalla la manera en la que será transformado el modelo actual para pasar a uno preventino.

Las facultades especiales que tendría Petro con la reforma a la salud. Foto: Twitter @petrogustavo
Las facultades especiales que tendría Petro con la reforma a la salud. Foto: Twitter @petrogustavo

La reforma a la salud radicada por el Gobierno detalla la manera en la que será transformado el modelo actual para pasar a uno preventino.

La reforma al sistema de salud colombiano fue radicada este lunes 13 de febrero ante el Congreso de la República. El acto simbólico de presentación de la iniciativa a la ciudadanía fue encabezado por el presidente Gustavo Petro y la ministra Carolina Corcho.

De acuerdo con la jefe de la cartera, la reforma a la salud contiene 18 capítulos y 152 artículos que detallan la manera en que, de aprobarse, será transformado el modelo actual para pasar a uno preventivo.

El proyecto también le da la potestad al presidente Petro de reglamentar, eliminar o agregar la reglamentación que él considere necesaria para reforzar el nuevo modelo de salud. Así las cosas, estas son las facultades que tendría el jefe de Estado si llega a aprobarse el articulado: 
 
1. Petro podría establecer las disposiciones laborales con el propósito de garantizar las condiciones dignas de trabajo del personal médico en el país para así “incrementar los conocimientos del talento humano en salud, tanto del sector privado como del sector público”

Este es uno de los puntos clave de la reforma para que el personal galeno colombiano recupere su autonomía como profesionales y la autorregulación a partir de la evidencia científica y la ética.

2. Con la nueva reforma, el presidente podrá determinar las disposiciones laborales de los trabajadores públicos del sector salud “para garantizar el mérito”, así como establecer las condiciones de selección de los directores de las Instituciones Estatales Hospitalarias.

3. El jefe de Estado también tendrá la capacidad de instaurar los mecanismos y procedimientos “aplicables a las actuaciones administrativas y jurisdiccionales a cargo de la Superintendencia Nacional de Salud y el régimen sancionatorio que le corresponda aplicar”.

4. Gustavo Petro podría realizar modificaciones o añadir la reglamentación necesaria sobre la salud pública. En este punto, se destaca la construcción de Centros de Atención Primaria (CAP), que se encargarán de atender pacientes y organizarán los territorios en aproximadamente 25.000 personas. 

5. La reforma permite al primer mandatario constituir las disposiciones que sean reserva de ley para que se garantice un adecuado proceso de transición del sistema de salud actual al revolcón que promete el Gobierno con el fin de “garantizar el derecho fundamental a la salud”.

“En el proceso de transición deberán garantizarse los pagos por los servicios prestados en este periodo, a los proveedores de servicios de salud en forma regular; dictarse las disposiciones de inspección, vigilancia y control que sean requeridas para garantizar las condiciones esenciales del servicio público esencial de la salud”, destaca el proyecto de ley. 

6- Finalmente, Gustavo Petro tendrá la potestad de dictar las disposiciones correspondientes a la ejecución de las operaciones presupuestales para fortalecer la Nueva EPS durante el periodo de transición.

Cabe mencionar que la ministra de Salud, Carolina Corcho, prometió que la reforma “construye sobre lo construido”, por lo cual se tomará lo mejor que existe en el actual sistema y, en esa medida, requerirán del sector privado para la prestación del servicio, especialmente en hospitales y clínicas.

Así las cosas, la iniciativa ha aclarado las dudas que existían sobre el desmantelamiento de las EPS asegurando que dichas entidades seguirán prestando el servicio a los colombianos acogiéndose al nuevo sistema de salud que construirá el Gobierno Petro.