Elecciones 2026: ¿Si fui jurado en primera vuelta debo repetir en la segunda vuelta?

Miles de colombianos deberán regresar a las mesas como jurado de votación el 21 de junio. Estas son las reglas y excepciones.

Por: Paula Andrea Tobaria • Colombia.com
Los jurados designados para la primera vuelta deberán volver a cumplir sus funciones el 21 de junio. Foto: Registraduría Nacional
Los jurados designados para la primera vuelta deberán volver a cumplir sus funciones el 21 de junio. Foto: Registraduría Nacional

Miles de colombianos deberán regresar a las mesas como jurado de votación el 21 de junio. Estas son las reglas y excepciones.

La segunda vuelta de las elecciones presidenciales ya tiene fecha y, con ella, surge una duda entre miles de colombianos que participaron como jurado de votación en la jornada electoral del pasado 31 de mayo: ¿deberán volver a cumplir esta función?

La respuesta es sí. La Registraduría Nacional del Estado Civil es clara, por eso las personas designadas como jurados para la primera vuelta continuarán desempeñando esta labor en la segunda vuelta presidencial, programada para el próximo 21 de junio, salvo que la entidad electoral realice algún cambio específico en las listas.

Esto significa que quienes fueron convocados deberán regresar a sus respectivas mesas de votación para cumplir tareas fundamentales durante la jornada, como la instalación de las mesas, la identificación de los votantes, la entrega de los tarjetones y el conteo preliminar de los sufragios.

La Registraduría recordó que ser jurado de votación es una obligación de carácter legal y constitucional. Por esta razón, quienes no se presenten sin una justificación válida pueden enfrentar sanciones económicas que alcanzan los 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes. En el caso de los servidores públicos, la inasistencia injustificada puede derivar en la destitución del cargo.

¿Quiénes pueden quedar exentos?

La normativa contempla algunas situaciones excepcionales que permiten justificar la ausencia. Entre ellas se encuentran una enfermedad grave del jurado o de familiares cercanos como padres, hijos o cónyuge, así como el fallecimiento de alguno de ellos ocurrido el día de la elección o dentro de los tres días anteriores.

Las autoridades electorales también aclararon que encontrarse de vacaciones no constituye una causal válida para ser exonerado de esta responsabilidad.
Además, quienes hayan solicitado una excusa para no ejercer como jurados durante la primera vuelta deberán presentar nuevamente la respectiva justificación si desean ser relevados de la función en la segunda jornada electoral.

Un nuevo día de descanso como beneficio

No todo son obligaciones. La legislación electoral colombiana también premia el cumplimiento de este deber. Los jurados que asistan y ejerzan sus funciones de manera correcta durante la segunda vuelta tendrán derecho a un día de descanso compensatorio remunerado. Este beneficio se otorga de forma independiente al que ya hayan adquirido por su participación en la primera vuelta.

Para garantizar que el proceso del 21 de junio avance con total transparencia, la organización electoral recordó que los jurados recibirán capacitaciones previas sobre el manejo de las mesas y el correcto diligenciamiento de los formularios.