Por: Yuly Solis • Colombia.com

¿Su empresa está preparada? se vence el plazo para la reglamentación de la facturación electrónica

El incumplimiento de esta norma puede acarrear multas desde el cierre del establecimiento por hasta 30 días.

Factura electrónica para tiendas de barrio. Foto: Pixabay
Factura electrónica para tiendas de barrio. Foto: Pixabay

El incumplimiento de esta norma puede acarrear multas desde el cierre del establecimiento por hasta 30 días.

De acuerdo a la Resolución 001092 del 1 de julio de 2022, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, el 1 de junio es la fecha máxima de implementación para el documento equivalente electrónico tiquete de máquina registradora con sistema POS, de acuerdo con la calidad de contribuyente en relación al impuesto de renta y complementarios.

El incumplimiento de esta norma podría resultar en multas o sanciones para las empresas en Colombia. Según el Estatuto Tributario, aquellos que no cumplan con los requisitos de facturación electrónica podrían enfrentar el cierre del establecimiento por hasta 30 días, así como multas pecuniarias de hasta el 1% del valor involucrado en las facturas no cumplidas.”, afirmó, Mario Giraldo, experto de facturación y software de impuestos de Sovos Latinoamérica.

La Resolución, establece el calendario para la implementación del límite de las cinco (5) UVT, como monto máximo para la expedición de los documentos equivalentes generados por máquina registradora con sistema POS.

La DIAN ya está exigiendo la emisión de recibos electrónicos, como parte de su esfuerzo por simplificar y estandarizar procesos. 

Entre los documentos equivalentes a la factura electrónica, los recibos emitidos por los puntos de venta (Point of Sale o POS) juegan un papel fundamental, ya que deberán emitirse como documentos electrónicos, lo que permitirá a la autoridad tributaria fiscalizar y tener una mayor trazabilidad sobre las ventas.

Requerimientos para ser Facturador Electrónico

Cabe resaltar que los pequeños negocios de barrio que excedan las ventas mayores a $ 212.000 deberán expedir la factura electrónica.

  1. Primero debes revisar si tienes obligación de ser facturador electrónico, consulta el artículo 6 y 7 de la Resolución 0042 de 2020 aquí.
  2. Consulta la fecha de obligatoriedad para empezar a emitir facturas electrónicas en el calendario
  3. Debes contar con un software de Facturación Electrónica. Para mayor información consulta el blog ¿Cómo elegir la solución de facturación?
  4. De igual manera debes tener un certificado de firma digital
  5. Para el registro y selección del modo de operación debes tener acceso a un dispositivo móvil con acceso a internet.

Proceso de “Registro” como Facturador electrónico

  • Para realizar el proceso de registro, debes ingresar a la opción “Habilitación” en Factura Electrónica en https://www.dian.gov.co/
  • Selecciona el modo de ingreso, persona natural o empresa, y diligencia el formulario. Al dar clic en «Entrar» se te notifica que llegará el TOKEN de ingreso al correo electrónico registrado en el RUT.