Por: Christopher Ramírez • Colombia.com

Alcaldía de Bogotá pone restricción de movilidad según el sexo de los ciudadanos

Las exenciones de movilidad seguirán estando vigentes desde el próximo 13 de abril.

Actualización
Bogotanos durante la cuarentena. Foto: EFE
Bogotanos durante la cuarentena. Foto: EFE

Las exenciones de movilidad seguirán estando vigentes desde el próximo 13 de abril.

Siguiendo las órdenes del presidente Iván Duque, quien anunció la ampliación de la cuarentena nacional hasta el próximo 26 de febrero a la media noche, la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, anunció nuevas restricciones para la movilidad en la ciudad en pro de mantener las medidas contra la propagación del coronavirus en la capital.

La alcaldesa @ClaudiaLope...

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Según el Decreto 106 de 2020, desde el próximo 9 de abril la movilidad de ciudadanos en Bogotá estará limitada por su sexo, es decir, unos días podrán salir las mujeres y otros, los hombres.

Así, tal y como lo explica el Páragrafo 5 del Artículo 2 de este edicto:

"Para realizar las actividades de adquisición de bienes de primera necesidad, alimentos, bebidas, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo en la población y desplazamiento a servicios bancarios, financieros, de operadores de pago, y a servicios notariales, se atenderá la siguiente condición:

1. Días impares pueden movilizarse exclusivamente las personas del sexo masculino.

2. Días pares pueden movilizarse exclusivamente las personas del sexo femenino"

@ELTIEMPO

¡Atención! Habrá restricc...

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Asimismo, el decreto explica que las personas transgénero circularán de acuerdo a "la restricción (...) según su identidad de género". Si una persona se reconoce como hombre, solo podrá circular los días impares, pero sí se reconoce como mujer, solo lo podrán hacer los días pares.

De esta forma, la Alcaldía de Bogotá busca facilitar las actividades de la Policía Metropolitana en el reconocimiento de los infractores a la cuarentena en la ciudad, mientras que se reduce al mínimo el contacto entre los uniformados y los ciudadanos.

Aunque esta nueva restricción empezará a regir desde el día 9 de este mes, no será hasta el 13 de abril que se empezarán a emitir las sanciones económicas y judiciales. Hasta el día 12, las sanciones serán pedagógicas.

Además, hay que aclarar que esta restricción cubre actividades como la compra de alimentos o diligencias en los bancos, mientras que, por ejemplo, la caminata con las mascotas o compra de medicamentos son acciones que no se verán afectados por el 'Pico y Género'.

Cabe recordar que Bogotá es la ciudad con mayor número de contagios por COVID-19 en Colombia, con un total de 861 personas infectadas de las 1.780 que hay en todo el territorio nacional. 

@MinSaludCol

#Reporte ?? Confirmamos 2...

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