SOAT: La nueva norma para las bicicletas eléctricas

El Ministerio de Transporte confirmó que las bicicletas con motor deberán tener Soat y no podrán circular más por las ciclorutas.

SOAT para bicicletas eléctricas. Foto: EFE
SOAT para bicicletas eléctricas. Foto: EFE

El Ministerio de Transporte confirmó que las bicicletas con motor deberán tener Soat y no podrán circular más por las ciclorutas.

A partir de ahora, quedó regulada esta nueva reglamentación, que impide a las bicicletas eléctricas circular por los andenes, y solo podrán movilizarse por vías públicas en buenas condiciones mecánicas, de seguridad y ambientales.

La resolución impuesta por el Ministerio de Transporte seria la 160 de 2017, la cual regula que los vehículos automotores de tipo ciclomotor o tricimoto que tengan motor de combustión interno o eléctrico, no podrán circular más por los lugares destinados a los peatones o a las bicicletas convencionales.

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Además de lo anterior, estos vehículos eléctricos, deberán ser inscritos en el Registro Nacional Automotor (RNA) del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) si desean circular en el país. Y deberán portar el seguro obligatorio Soat, junto a el certificado de Revisión Técnico Mecánica.

La reglamentación establece también que los conductores que posean este tipo de vehículos, deberán contar con licencia de conducción, mínimo de categoría A1.

De esta manera, se estableció un plazo de 6 meses contados a partir de la publicación de dicha resolución, para que los Centros de Diagnóstico Automotor actualicen y habiliten las tablas de parametrización, procedimientos de ensayo y registro de la información de estas nuevas tipologías vehiculares.

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