Por: Yuly Solis • Colombia.com

La SIC formuló cargos contra grandes distribuidores de combustible por presuntas prácticas anticompetitivas

Superindustria formuló cargos a Terpel, Chevron, Biomax, Primax y otros distribuidores de combustible por presuntas prácticas anticompetitivas.

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Formulan cargos contra grandes distribuidores de combustible en Colombia. Foto: Pixabay
Formulan cargos contra grandes distribuidores de combustible en Colombia. Foto: Pixabay

Superindustria formuló cargos a Terpel, Chevron, Biomax, Primax y otros distribuidores de combustible por presuntas prácticas anticompetitivas.

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) formuló un pliego de cargos contra Terpel, Chevron, Biomax biocombustibles, Primax Colombia, la Asociación de Distribuidores Minoristas de Combustible y otras 46 distribuidoras minoristas de combustible, por una presunta estrategia que busca obstaculizar el ingreso de nuevos agentes mayoristas al mercado de distribución de combustibles en el departamento de Nariño. 

En el pliego de cargos de la SIC, se revela que las empresas mencionadas anteriormente, han hecho uso de acciones judiciales y administrativas ante diversas autoridades para impedir que nuevos distribuidores mayoristas construyeran plantas de abastecimiento en Nariño, con lo que presuntamente pretendían que ningún agente pudiera obtener el permiso para la actividad de distribución. 

Dentro del conjunto de acciones legales ejercidas con esa finalidad, se encuentran recursos ante el Ministerio de Minas y Energía, acciones de tutela, acciones populares y demandas ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo. Esta estrategia habría sido acordada en reuniones, con la presunta participación de distribuidores mayoristas y minoristas investigados. 

“De acuerdo con la regulación aplicable para la distribución de combustibles líquidos en zonas de frontera, si un distribuidor mayorista construye una planta de abastecimiento en el departamento de Nariño, tendrá el primer orden de prelación para desarrollar actividades de distribución en ese departamento. Esto implica que los demás distribuidores mayoristas solo pueden atender la demanda de combustibles que no hubiera atendido el distribuidor que tuviera el primer orden de prelación”, expone en su comunicado la entidad. 

De esta forma, se habría “logrado que el esquema de abastecimiento definido por la regulación para incentivar la construcción de plantas de abastecimiento en Nariño fuera suspendido, en detrimento de los consumidores del departamento de Nariño”.

Foto: Twitter

Esto afectó a los usuarios en el departamento, dado que “no se vieron beneficiados con una reducción del riesgo de desabastecimiento de combustibles líquidos y una eventual reducción de precios de los combustibles líquidos”.

En caso de que la entidad llegue a comprobar las conductas mencionadas anteriormente, la SIC podrá imponer a cada persona jurídica multas de hasta de 100.000 SMLMV, equivalentes a ciento dieciséis mil millones de pesos ($116.000.000.000), y a las personas naturales que hubieran colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o tolerado las conductas anticompetitivas, multas de hasta de 2.000 SMLMV, equivalentes a dos mil trescientos veinte millones de pesos ($2.320.000.000).  

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