Por: Luisa Soriano • Colombia.com

Declaración de renta 2023

La presentación de este documento para el 2023 inicia el 9 de agosto y tiene plazo hasta el 19 de octubre.

Dejar pasar la fecha de su declaración le puede ocasionar fuertes sanciones. Foto: iStock
Dejar pasar la fecha de su declaración le puede ocasionar fuertes sanciones. Foto: iStock

La presentación de este documento para el 2023 inicia el 9 de agosto y tiene plazo hasta el 19 de octubre.

La Declaración de Renta es una obligación fiscal para todos los contribuyentes en Colombia, los cuales registran los movimientos realizados durante el periodo fiscal 2022.

Cada año, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), da a conocer desde los requisitos, las fechas límite para presentarla, como los topes y personas que deben presentarla, ya que no todas las personas naturales están obligadas a declarar renta.

La persona declarante debe tener en cuenta que en este impuesto se incluyen ingresos, egresos, ganancias y comisiones. Pero recuerde que declarar renta no es igual a pagar el impuesto de renta, pues ese pago solo lo determina la DIAN una vez haya revisado su declaración y decida si debe o no pagarlo de acuerdo con un cálculo en el cual se depura el ingreso bruto del año gravable, restando los respectivos costos y deducciones, además de los beneficios tributarios.

Si usted no se identifica con alguno de los siguientes requisitos, está exento de declarar renta:

  • Un patrimonio bruto al término del año gravable 2022 igual o superior a 171.018.000 pesos.
  • Ingresos totales del respectivo ejercicio iguales o superiores a 53.206.000 pesos
  • Consumos mediante tarjeta de crédito iguales o superiores a 53.206.000 pesos
  • Compras y consumos con un valor total igual o superior a 53.206.000 pesos
  • Un valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras igual o superior a 53.206.000 pesos.

Ahora si cumple con alguna de las anteriores condiciones, no olvide tener presente el calendario tributario de la DIAN donde para conocer su fecha límite exacta, es necesario identificar los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) y ubicarlos en el calendario tributario de la DIAN.

Recuerde revisar el calendario tributario y resolver dudas en la página de la DIAN. Foto: Alcaldía de Bogotá
Recuerde revisar el calendario tributario y resolver dudas en la página de la DIAN. Foto: Alcaldía de Bogotá

Sanciones si no declara a tiempo

  • Pago de una sanción por declarar tarde equivalente al 5% de su impuesto a cargo y aumenta con cada mes o fracción después de la fecha establecida.
  • La sanción mínima que se pagará en 2023 por las obligaciones incumplidas o mal cumplidas con la Dian es de $424.000. Así que, si usted se demoró solo un día, debe asumir ese valor.
  • Se le enviará un mensaje de advertencia notificando que la persona natural cuenta con un mes máximo para realizar el pago correspondiente al monto del impuesto. De no cumplir la obligación se le anexará un 10%, conforme a lo establecido en Artículo 642.
  • En el caso de no declarar renta se le sumará un 20% como sanción con base en el valor de sus consignaciones bancarias o bien en los ingresos brutos de la persona.