Política

Por: Stephanny Pinzón • Colombia.com

Alfonso Prada indicó que no asistieron delegados de campaña del candidato Rodolfo Hernández

“No asistieron presencial ni virtualmente delegados de campaña de Rodolfo Hernández”: Jefe de debate de Gustavo Petro, Alfonso Prada.

Rodolfo Hernández / Gustavo Petro. Foto: EFE EFE/ Mauricio Dueñas /Jose Torres Archivo
Rodolfo Hernández / Gustavo Petro. Foto: EFE EFE/ Mauricio Dueñas /Jose Torres Archivo

“No asistieron presencial ni virtualmente delegados de campaña de Rodolfo Hernández”: Jefe de debate de Gustavo Petro, Alfonso Prada.

Pese a la larga lista de condiciones que puso el candidato presidencial Rodolfo Hernández, su contendor Gustavo Petro, aceptó las condiciones para asistir al debate presidencial en el que ambos expondrían algunas ideas de sus planes de gobierno para aclarar algunas dudadas de la ciudadanía.

Con relación a lo anterior, Alfonso Prada, el jefe de debate de Petro, le envió una carta a Óscar Jahir Hernández, jefe de debate de Rodolfo Hernández. En el documento, Prada invitaba a los delegados del exalcalde de Bucaramanga, a una reunión en la sede de RTVC Sistema de Medios Públicos.

En el encuentro, coordinarían las reglas para efectuar el debate presidencial y cumplir con el fallo del Tribunal Superior de Bogotá que ordenaba realizar un debate en menos de 48 horas, sin embargo, Alfonso Prada, jefe de debate del candidato por el Pacto Histórico, informó lo siguiente:

“No asistieron presencial ni virtualmente delegados de campaña de Rodolfo Hernández, a reunión que convocó campaña de Gustavo Petro en RTVC, para organizar el debate. Acatamos decisiones judiciales que además son útiles para los colombianos. Hernández no quiere el debate. Solo sillas vacías.”

Con relación a lo anterior, sobre las once de la mañana, RTVC emitió un comunicado informando que, hasta el momento, no habían recibido de parte de los candidatos a la Presidencia, “la solicitud conjunta ordenada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá para avanzar en la realización y transmisión del debate.” 

Destacaron también que, “dicha solicitud conjunta debe incluir los acuerdos a los que lleguen los candidatos en cuanto a las reglas y temas “en la forma y términos indicados por el artículo 23 de la Ley 996 de 2005 y la Resolución Nro. 2969 del 01 de junio de 2022 emanada del Consejo Nacional Electoral”, como lo dicta el fallo de tutela del pasado 14 de junio.”

En ese sentido, señalaron que “los intercambios de comunicaciones entre los candidatos a través de los medios y las redes sociales no son una solicitud formal a RTVC para trabajar en la realización y transmisión del debate.”

Finalmente, el Presidente de la República expresó a varios medios de comunicación que los medios públicos estaban a disposición de ambos candidatos, agregando que lo que faltaba era que se pusieran de acuerdo. Así mismo, RTVC reiteró que la recepción de esa solicitud “es la condición indispensable para hacer las coordinaciones necesarias para la realización y transmisión del debate.”

NOTA RTVC: El Sistema de Medios Públicos ha hecho todo lo que le corresponde dentro de la decisión judicial y seguirá actuando con total apego a las normas.