Por: Yuly Solis • Colombia.com

¿Cómo presentar un derecho de petición en Colombia?

ABC del derecho de petición en Colombia.

Actualización
Aprenda cómo presentar un derecho de petición en Colombia. Foto: Pixabay
Aprenda cómo presentar un derecho de petición en Colombia. Foto: Pixabay

ABC del derecho de petición en Colombia.

De acuerdo a lo establecido en la Constitución Política y la Ley 1755 de 2015, todo ciudadano tiene derecho a hacer peticiones y a recibir una respuesta rápida y completa. A continuación, le contaremos lo que debe conocer del derecho de petición, qué debe incluir su solicitud y el paso a paso para presentarla.

¿Qué es el derecho de petición? 

El derecho de Petición es la facultad que tiene toda persona para presentar solicitudes respetuosas ante las autoridades o entidades, ya sea por motivos de interés general o particular.

¿Para qué sirve el derecho de petición?

  • Solicitar información, documentos o copias de documentos.
  • Pedir que se preste un servicio.
  • Reclamar sobre un servicio recibido.
  • Quejarse sobre el servidor o funcionario que lo atendió.
  • Sugerir mejor calidad en el servicio.

¿A quién puede dirigir su petición? 

Esta herramienta se puede dirigir a cualquier entidad pública, empresa privada, asociaciones u organizaciones. También se puede dirigir una petición a una persona natural si dicha persona tiene una posición dominante, por ejemplo, a su jefe.

¿Cómo presentar un derecho de petición?

Los derechos de petición se pueden presentar sin necesidad de un abogado. Si es menor de 18 años no necesita un adulto para presentarlo. Es fundamental describir con claridad qué es lo que se requiere. 
Los derechos de petición se pueden presentar verbalmente o por escrito; si utiliza la última opción deben tener:

  • La entidad o persona a quien va dirigida la petición.
  • Su nombre o el de la persona que la presenta.
  • Su número de cédula, tarjeta de identidad o pasaporte, según corresponda.
  • La explicación clara de lo que pide, solicita o necesita.
  • Los motivos o razones por las cuales realiza la petición.
  • Una dirección física o un correo electrónico en el cual desea recibir la respuesta.
  • Si es necesario anexe documentos.

La petición se puede entregar por:

  • Correo electrónico 
  • En la página web de la entidad en el enlace Petición, Quejas, Reclamos y Sugerencias (PQRS) 
  • Enviándola por mensajería.
  • Entregando la petición directamente en los puntos de atención presencial

Cuando la petición es verbal se puede hacer presencial o telefónicamente. Para ambos casos puede solicitar que quien escuche, registre su petición y le entregue constancia de esta. 
La entidad inicial tiene la obligación de responder su petición en el tiempo correspondiente.

Los tiempos para responder una petición son:

  • 15 días para contestar quejas, reclamos y manifestaciones.
  • 10 días para contestar peticiones de información.
  • 30 días para contestar consultas.