Por: Christopher Ramírez • Colombia.com

¿Cómo votar en las elecciones regionales de este 2019?

Según la Constitución de Colombia, pueden ejercer su derecho al sufragio los ciudadanos mayores de 18 años de edad que no hagan parte de la Fuerza Pública, no estén en un proceso de prohibición, y que no hayan sido condenados.

Actualización
Este 2019 los colombianos elegirán a sus alcaldes, gobernadores, diputados, concejales y ediles. Foto: Twitter
Este 2019 los colombianos elegirán a sus alcaldes, gobernadores, diputados, concejales y ediles. Foto: Twitter

Según la Constitución de Colombia, pueden ejercer su derecho al sufragio los ciudadanos mayores de 18 años de edad que no hagan parte de la Fuerza Pública, no estén en un proceso de prohibición, y que no hayan sido condenados.

El 27 de octubre, el ciudadano que haya registrado su documento de identidad en cualquiera de los puntos designados por la Registraduría para este fin, deberán acercarse hasta el punto de votación elegido por ellos durante dicho registro. Casi siempre se trata de lugares públicos que se encuentran ubicados cerca al domicilio del votante.

Allí, la persona deberá revisar las listas que se encuentran a las afueras, en la que deberá aparecer su número de cédula junto con la mesa en que podrá ejercer su derecho al voto.

Luego, deberá presentar su cédula a los miembros de la Policía que se encuentran en la entrada del sitio, y ya dentro, buscar la mesa. Para facilitar esta tarea se designarán trabajadores de la Registraduría, así como los jurados, que no son otros que los mismos ciudadanos escogidos para cumplir su deber público con el país. Sí existen dudas sobre la ubicación de la mesa de votación, el ciudadano se puede acercar con alguna de estas personas que lo podrá guiar hasta el sitio.

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Atención en la mesa

Al llegar a la mesa, el ciudadano deberá entregar la cédula a los jurados de votación, los cuales verificarán que su número de identificación coincida con la lista que tienen.

Tras esta verificación, al sufragante se le entregaran los tarjetones en el que aparecen las fotos de los candidatos (esto para gobernaciones y alcaldías) o los números y logos de los partidos (concejos, juntas de acción comunal y asambleas).

Hay que señalar que la única seña en el papel es la firma del presidente de la mesa. En caso de encontrar otro tipo de señal, el votante podrá pedir otro y estará en su derecho de solicitar que el tarjetón alterado sea destrozado en su presencia.

Ya con los papeles en sus manos, el sujeto se acercará hasta los cubículos designados para la marcación de los tarjetones, que, al momento de ser rayados pasarán a llamarse “votos”.

Cabe recordar que, aunque en los cubículos hay esferos para poder marcar el papel, el ciudadano está en su derecho de llevar su propio útil y marcar su voto con éste.

Asimismo, los únicos escenarios en los que se puede ayudar a alguien durante su votación será en caso de que el sufragante sea una persona mayor de edad que no pueda votar por sí solo o una persona en condición de discapacidad que necesite atención constante. En otros casos, los jurados solo están autorizados a ayudar al votante, facilitándole una cartilla que explica el paso a paso correcto para que el voto pueda tomarse como correcto.

Todas las mesas de votación cuentan al menos con una de estas guías.

Finalmente, la persona depositará el voto en la urna, y recibirá de vuelta su cédula junto con un certificado electoral que avala su participación en la jornada. Se recomienda revisar que la cédula que se le entregué sea la correcta y que los datos escritos en el certificado también se encuentren en orden.

Así, el ciudadano habrá finalizado su participación y podrá salir del recinto.

Cabe recordar que para estas elecciones se encuentran habilitados más de 37 millones de colombianos para votar, de los cuales, casi 18 millones son hombres y un poco más de 19 millones, mujeres.

Las personas que se encuentran en centros de reclusión, tales como cárceles o reformatorios, podrán votar en los establecimientos que determine la Registraduría Nacional. La inscripción en el registro civil no es automática, el ciudadano debe dirigirse a la sede regional de la Registraduría para inscribir su identificación personal en un puesto de votación.

Los organismos encargados de velar administrativamente por el evento son la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral.

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