Las tecnologías biométricas deberán cambiar de acuerdo a la ley de protección

Según la Ley de Protección Datos Personales, el consentimiento en la entrega de información deberá ser voluntario y los sistemas de acceso a visitantes con control biométrico, tendrán que destruir la información sensible que se haya obtenido para el ingreso.

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Según la Ley de Protección Datos Personales, el consentimiento en la entrega de información deberá ser voluntario y los sistemas de acceso a visitantes con control biométrico, tendrán que destruir la información sensible que se haya obtenido para el ingreso.

El no acatar estas exigencias legales podría conllevar para las empresas y/o personas, sanciones que superan los mil millones de pesos y para las entidades públicas sanciones disciplinarias contra los directivos y funcionarios encargados de los temas legales y técnicos relacionados con bases de datos.

¿Se ha preguntado qué hacen las entidades públicas, organizaciones privadas, conjuntos residenciales y edificios, con los datos personales que le exigen al ingresar a sus instalaciones? Fecha de nacimiento, dirección residencial, teléfono fijo, móvil, correo electrónico, huella dactilar y fotografía, son algunos de los requisitos, a veces indispensables, para acceder a este tipo de establecimientos.

Según Andrés Guzmán Caballero, C.E.O de Adalid Corp., esta situación tendrá un cambio contundente con la entrada en vigencia, el pasado 19 de mayo de 2012, de la Ley de Protección de Datos Personales (1581 de 2012), que ordena que el tratamiento de los datos sensibles, sin autorización previa e informada del titular, sólo podrá realizarse bajo una obligación contractual o legal.

Cuando se habla datos sensibles se hace referencia a la información que afecta la intimidad del titular, y cuyo uso puede generar discriminación, por ejemplo datos políticos, religiosos, o relativos a la salud, la vida sexual y los datos biométricos. Estos últimos, son por ejemplo las fotografías, las huellas dactilares, los datos del iris ocular, entre otros.

En el mundo de hoy la forma de Individualización y certeza de la identidad, cada vez va más hacia la huella, por lo cual surgen preocupaciones ya que con esta información sensible se podría abrir cuentas corrientes, sacar tarjetas de crédito, hacer traspaso de bienes, votar en las elecciones y realizar miles de transacciones más.

Cuando un ciudadano ingresa a una entidad pública a realizar cualquier trámite, tiene derecho a saber previamente por qué y para qué requieren su huella, y el uso que le van a dar, además de dónde y cómo van a salvaguardar esa información y cómo el titular podrá ejercer su derecho a suprimirlo, modificarlo o corregirlo ante dicha entidad. 

Pero es importante aclarar que si el titular del dato se niega a entregar su información (salvo que exista una obligación contractual o legal que le exija hacerlo) no podrá ser obligado, pues el consentimiento deberá ser voluntario y los sistemas de acceso a visitantes con control biométrico.

Las personas, empresas o entidades que demuestren que tienen necesidades de seguridad, podrán suscribir convenios con la Registraduría Nacional, conforme al decreto 1010 de 2000 y el decreto ley 019 de 2012 (ley Antitrámites) para poder tratar y confrontar la veracidad de la información con la base de datos de ésta entidad.

En conclusión, las persona tendrán que colocar su huella en una terminal, que no captura o enrola sus datos, pero si los envía en tiempo real para que estos sean cotejados con la base del Archivo Nacional y se pueda dar toda la certeza de que la información suministrada es real.

El tratamiento del dato biométrico como la huella dactilar, podrá hacerse mediante un acuerdo contractual; por ejemplo, una compañía podrá por seguridad corporativa o como control de horarios laborales, incluir en el contrato de trabajo un sistema biométrico de control de acceso, pero la base de datos deberá estar registrada ante la Superintendencia de Industria y Comercio, en el Registro Nacional de bases de datos, en los términos del decreto reglamentario 1377 de 2013, que advierte que por tener esta información sensible, las entidades tendrán unos controles de seguridad superiores, acordes con la norma ISO 27001 y demás estándares técnicos que exija la reglamentación interna.

Con información Oficina de Prensa. 

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