Por: Stephanny Pinzón • Colombia.com

Tenga en cuenta que hasta hoy tiene plazo para declarar y pagar el ICA del segundo bimestre

Conozca aquí el paso a paso para pagar el impuesto de Industria y Comercio; tenga en cuenta que hasta hoy hay plazo de pagar la obligación.

Este lunes vence el plazo para declarar y pagar el ICA de tercer bimestre. Foto: Pixabay
Este lunes vence el plazo para declarar y pagar el ICA de tercer bimestre. Foto: Pixabay

Conozca aquí el paso a paso para pagar el impuesto de Industria y Comercio; tenga en cuenta que hasta hoy hay plazo de pagar la obligación.

Hasta este lunes 22 de agosto tendrá plazo para declarar y pagar el ICA de tercer bimestre. Los contribuyentes del régimen común del impuesto de Industria y Comercio (ICA), que en el año 2021 declararon y pagaron un gravamen superior a 14.196.428 pesos (391 UVT), hasta el día de hoy podrán pagar el tercer bimestre de la obligación.

A través de la Oficina Virtual podrá elaborar la declaración y presentarla con firma electrónica o firma digital: 

  • Con firma Electrónica: Una vez elaborada la declaración a través de Oficina Virtual con datos actualizados, podrá presentarla con firma electrónica, registrando el mismo usuario y contraseña utilizado al ingresar a la Oficina Virtual. 
  • Con Firma Digital: Es un mecanismo administrado por la Secretaría Distrital de Hacienda de certificación abierta, donde la autenticidad de la identidad del firmante está dada por un código digital con certificado emitido por una autoridad certificadora.

Si no tiene certificado de firma digital, podrá liquidar; y generar la declaración a través de la Oficina Virtual con la firma electrónica. Las declaraciones firmadas digitalmente no serán recibidas por ventanilla en los bancos. 

¿Cómo declarar y pagar el ICA de tercer bimestre?

Tenga en cuenta que la declaración se debe hacer únicamente por la Oficina Virtual, a través del siguiente enlace: Oficina virtual. Para el pago, los contribuyentes pueden hacerlo de manera electrónica a través de la Oficina Virtual, mediante el botón de pagos PSE o con tarjeta de crédito de las entidades bancarias que tengan convenio con la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH). O también, de forma presencial, en entidades autorizadas.

Es preciso mencionar que si la declaración se presenta después de la fecha límite, el contribuyente deberá asumir la sanción por extemporaneidad y los correspondientes intereses moratorios. Así lo escribió la Secretaría de Hacienda les recuerda a los contribuyentes el pago de esta obligación tributaria:

El recaudo por ICA a la fecha alcanza los 3,2 billones de pesos, 35% más que en el mismo lapso del año anterior, lo que representa una ejecución de la meta de recaudo anual del 69%”, destacó el secretario de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.

El próximo vencimiento de ICA, correspondiente al período julio-agosto de la actual vigencia, tendrá plazo máximo para el lunes 24 de octubre.

El impuesto de Industria y Comercio se genera por el ejercicio o realización directa o indirecta de cualquier actividad industrial, comercial o de servicios en jurisdicción del Distrito Capital de Bogotá, ya sea que se cumplan de forma permanente u ocasional, en inmueble determinado, con establecimiento de comercio o sin ellos.