Por: Manuel Fonseca • Colombia.com

Cómo votar en las Elecciones 2022 de Colombia si eres colombiano y radicas fuera del país

Si usted no inscribió su cédula para las elecciones del 13 de marzo, el plazo ya pasó y la fecha límite fue el pasado 13 de enero. Sin embargo, aún se puede inscribir para las elecciones de mayo.

Actualización
Usted puede votar desde el 7 hasta el 13 de marzo y para las siguientes elecciones, desde el 23 hasta al 29 de mayo. Foto: Shutterstock
Usted puede votar desde el 7 hasta el 13 de marzo y para las siguientes elecciones, desde el 23 hasta al 29 de mayo. Foto: Shutterstock

Si usted no inscribió su cédula para las elecciones del 13 de marzo, el plazo ya pasó y la fecha límite fue el pasado 13 de enero. Sin embargo, aún se puede inscribir para las elecciones de mayo.

Para todos los colombianos que viven o están por fuera del país, el método de votación para elecciones 2022 puede ser diferente. Para hacer ejercer su derecho al voto, lo primero es que su cedula este registrada en el lugar del mundo en donde usted va a estar.

La Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano informa que el colombiano en el exterior que quiera fijar su lugar de votación en una Embajada o Consulado de Colombia, podrá inscribir su cédula de ciudadanía en cualquier momento en el respectivo Consulado o Embajada, hasta dos meses antes de la correspondiente jornada electoral.

Tenga en cuenta las siguientes recomendaciones:

Preséntese antes de las fechas límite de inscripción:

  • Para las elecciones al Congreso a realizarse el día 13 de marzo de 2022, la fecha límite de inscripción fue hasta el pasado 13 de enero de 2022.
  • Para las elecciones presidenciales a realizarse el día 29 de mayo de 2022, la fecha límite de inscripción es el 29 de marzo de 2022.

La inscripción de la cédula para votar es distinta al registro consular. La persona que inscriba su cédula podrá ejercer su derecho al voto en el consulado donde adelante dicha inscripción.

La inscripción de cédula se puede adelantar con la cédula de ciudadanía (amarilla con hologramas o digital) o con el pasaporte colombiano. No obstante, el único documento válido para ejercer el derecho al voto es la cédula de ciudadanía original de acuerdo con lo establecido en la Ley 39 de 1961.
Si su cédula ya está inscrita para votar en el Consulado o Embajada de su mayor conveniencia, no se requiere realizar una nueva inscripción.

Debe tener en cuenta que para este proceso puede presentar la cédula de ciudadanía o el pasaporte colombiano. Sin embargo, el día de las elecciones solo podrá ejercer su voto presentando su cédula.


Una vez inscrita la cédula, entre el  7  y el 13 de marzo los colombianos residentes en el extranjero podrán votar para las elecciones al Congreso de la República. 

En el caso de las votaciones para presidente y vicepresidente, colombianos en el exterior podrán votar desde el 23 al 29 de mayo del año en curso.