Por: Oscar López • Colombia.com

Corte Constitucional ratificó que el aborto es un derecho fundamental en Colombia

La Sala Plena del alto tribunal declaró la nulidad en dos sentencias que señalaban que esta práctica no era un derecho fundamental.

La decisión de nulidad representa un avance en la autonomía reproductiva de las mujeres indígenas, según indicaron desde movimientos como Causa Justa. Foto: Causa Justa
La decisión de nulidad representa un avance en la autonomía reproductiva de las mujeres indígenas, según indicaron desde movimientos como Causa Justa. Foto: Causa Justa

La Sala Plena del alto tribunal declaró la nulidad en dos sentencias que señalaban que esta práctica no era un derecho fundamental.

El miércoles 11 de octubre será recordado por las mujeres y personas gestantes como el día en que la Corte Constitucional ratificó que el aborto sí es un derecho fundamental en Colombia, confirmando así la sentencia C-055 de 2022 que permite el acceso a esta práctica durante las primeras 24 semanas de embarazo.

Con cinco votos a favor y cuatro en contra, la Sala Plena del alto tribunal hizo una aclaración fundamental sobre este tema y ratificó que la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) continúa siendo un derecho primario en el país. A esta decisión se llegó tras el estudio de una tutela que buscaba desvirtuar lo señalado en la también conocida como ‘sentencia Causa Justa’ en representación del movimiento que impulsó el acceso al aborto hasta los seis meses de gestación.

Así las cosas, la Corte declaró la nulidad de las sentencias T-158 de 2023 y T-430 de 2022, ambas relacionadas con el derecho a la IVE sobre niñas, mujeres y personas gestantes. Para la Sala, estos fallos representan un desconocimiento de precedentes, toda vez que ya hay cosa juzgada respecto de la C-055 y lo allí proferido.

En los fallos nulos también se dejaba en claro que las autoridades indígenas eran las encargadas de decidir en qué casos se podía practicar una IVE sobre las mujeres de sus comunidades. En ese sentido los magistrados de la Sala estudiaron un conflicto del derecho de estos pueblos y su autonomía, con el constitucional colombiano; sin embargo, en ese entonces decidieron que estas comunidades tenían la última palabra para decidir sobre las maternidades de las mujeres pertenecientes a resguardos, comunidades y cabildos.

Esta decisión generó fuertes reacciones no solo en colectivos feministas y defensores de derechos de mujeres y personas gestantes; sino también dentro de Causa Justa, pionera de la sentencia C-055. Ahora, con la nulidad de las dos sentencias por parte de la Sala Plena, desde esta y otras organizaciones celebraron la ratificación sobre el reconocimiento de la autonomía reproductiva.

“Esta es una decisión que reconoce el precedente de la decisión de Causa Justa, aquella que despenalizó el aborto hasta la semana 24 en este país y reitera entonces que la autonomía reproductiva es un derecho, porque el aborto además es un servicio esencial de salud”, manifestó al respecto Catalina Martínez, directora del Centro de Derechos Reproductivos.

Por su parte, Laura Castro, integrante de la Mesa por la Vida, indicó que la decisión de nulidad es un reconocimiento a la autonomía reproductiva de las mujeres indígenas. Esto muestra “una coherencia de la Corte Constitucional en materia de los estándares de derechos de las mujeres”, como lo indicó horas después de la decisión del tribunal.