Por: Christopher Ramírez • Colombia.com

Procuraduría pide a la Corte Suprema que se aparte del caso de Álvaro Uribe

El Ministerio Público asegura que con la renuncia de Uribe como senador, la Corte Suprema perdió sus facultades en este caso.

Álvaro Uribe, expresidente y exsenador de Colombia. Foto: EFE
Álvaro Uribe, expresidente y exsenador de Colombia. Foto: EFE

El Ministerio Público asegura que con la renuncia de Uribe como senador, la Corte Suprema perdió sus facultades en este caso.

En medio del proceso que se vive en contra del expresidente Álvaro Uribe por su presunta participación en una supuesta compra de testigos, y que ha derivado en su detención domiciliaria, también se ha puesto sobre la mesa que dicha investigación salga del poder de la Corte Suprema de Justica y pase a manos de la Fiscalía General de la nación.

Lo que se alega en este caso, es que la Corte no tiene facultades en la investigación, teniendo en cuenta que Uribe ya dejó su función como senador de la República, por lo que, en su condición de civil, debería ser juzgado por la entidad competente en estas situaciones: la Fiscalía.

Así lo explica la Procuraduría General que, por medio de un comunicado de prensa, “solicitó a la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia remitir el expediente que adelanta contra el exsenador Álvaro Uribe Vélez por los presuntos delitos de soborno en la actuación penal y fraude procesal, porque con la renuncia a su curul perdió la competencia para continuar con los procesos que tengan relación con delitos comunes”.

De acuerdo con la misiva, “con la renuncia (de Uribe) desaparece la competencia de la Sala Especial de Instrucción, toda vez que los cargos por los que es investigado el exsenador corresponden a delitos comunes que no tienen relación con la función de congresista”.

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“No hay prueba de que el doctor Uribe Vélez (…), hubiere comportado un ejercicio abusivo de sus funciones o eficaz para acceder a la posición de poder; ello, pues téngase en cuenta: por un lado, que si no existe prueba siquiera sumaria de que el sindicado se hubiere valido o utilizado sus facultades como Senador para supuestamente cometer tales delitos, mucho menos obra alguna encaminada a demostrar que en la presunta comisión de los mismos se excedió o abusó de sus labores congresuales; y por el otro, se observa que los hechos ocurrieron en época ajena a campañas políticas o contiendas electorales –en tanto ya era Congresista para ese momento-, sin que pueda entonces evidenciarse relación entre estos y los objetivos de lograr una curul en el Senado de la República”, explica la Procuraduría.

Cabe recordar que esta apreciación del Ministerio Público no se toma como una orden sino como un mero concepto jurídico. 

Ante esto, la Procuraduría indicó que “esta intervención responde a sus funciones constitucionales como Ministerio Público, en defensa de los intereses jurídicos y en procura de la preservación de la integridad del orden jurídico y no puede ser interpretada como el desconocimiento a la dignidad de la Corte Suprema de Justicia y sus decisiones”.