Colombia Mayor aumenta el monto de la transferencia para mayores de 80 años ¿Cómo puede ser beneficiario?
Cerca de 500 mil adultos mayores empezarán a recibir 225.000 pesos mensuales por ciclo.

Cerca de 500 mil adultos mayores empezarán a recibir 225.000 pesos mensuales por ciclo.
En horas de la tarde de este martes, 21 de mayo, se dio a conocer que Gustavo Bolívar, director de Prosperidad Social, firmó la resolución 00809 de 2024 mediante la cual “se implementa el monto diferenciado del subsidio de Colombia Mayor”, por lo que, desde ahora, los mayores de 80 años recibirán más del doble del monto establecido actualmente.
Según detalla la entidad, a partir del quinto ciclo de pago, que iniciará a finales de mayo, los adultos mayores con edad igual o mayor a 80 años, que se encuentren activos en el programa, recibirán un subsidio de 225.000 pesos mensuales. Mientras tanto, los participantes menores de 80 años seguirán recibiendo el pago por 80.000 pesos en todos los ciclos.
“Las transferencias monetarias del programa Colombia Mayor cobijan a los adultos mayores que se encuentran en extrema pobreza, frente al riesgo económico derivado de la imposibilidad de generar ingresos y de la exclusión social”, explica Prosperidad Social.
Cabe mencionar que, el pasado mes de febrero, el presidente Gustavo Petro anunció que aumentaría las transferencias a los adultos mayores que se encuentran en situación de pobreza extrema y sin acceso a pensión.
¿Cómo saber si es beneficiario de Colombia Mayor?
Los beneficiarios recibirán un mensaje de texto en el que se les anuncia el inicio del ciclo. El adulto mayor que desee hacer parte del programa, debe dirigirse a la alcaldía de su municipio con su cédula de ciudadanía en físico. En la mayoría de los entes territoriales el trámite se realiza en la Oficina de Atención al Adulto Mayor.
¿Quiénes podrán inscribirse?
- Para inscribirse el adulto debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser colombiano.
- Haber residido durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.
- Tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (Actualmente 54 años para mujeres y 59 para hombres).
- Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir. De acuerdo con SISBÉN IV, se toman todos los niveles de los grupos A y B y C hasta el subgrupo C1.