La Corte confirma la reducción de la jornada laboral para las empleadas domésticas internas
Para la Corte, reducción de jornada laboral debe aplicar para trabajadores domésticos.
Para la Corte, reducción de jornada laboral debe aplicar para trabajadores domésticos.
La Corte Constitucional anunció que la reducción progresiva de la jornada laboral también aplica para las y los empleados domésticos internos en Colombia. Con esta decisión, los trabajadores en el país que tiene este tipo de contratos pasarían de laborar 60 horas semanales a 52,5.
El anuncio del alto tribunal, se da en respuesta a una demanda dirigida, contra el artículo 2 de la Ley 2101 de 2021 que reduce, de 48 horas semanales a 42, la jornada máxima ordinaria de trabajo en el país.
De acuerdo a lo alegado por los demandantes, este artículo no incluía la manera en que debería reducirse dicha jornada en favor de las personas que se dedican al servicio doméstico interno y que residen en la vivienda de su empleador.
La decisión se centra en equiparar los derechos de los empleados domésticos internos con los de otros sectores laborales, principalmente para acabar con la discriminación hacia este grupo mayoritariamente femenino.
"Excluyó al servicio doméstico interno de la reducción de la jornada máxima ordinaria de trabajo sin una razón suficiente y propició un trato discriminatorio en contra de un grupo poblacional específico que, además, está compuesto en su mayoría por mujeres", establece uno de los apartes del pronunciamiento.
De esta manera, la Corte Constitucional ha destacado la importancia de garantizar la equidad en los derechos laborales, exhortando al Congreso a adoptar medidas legislativas que armonicen la jornada máxima laboral del servicio doméstico interno con la establecida para los demás trabajadores.
"La jornada máxima laboral aplicable a la generalidad de los trabajadores pasará de 48 horas semanales a 42 (reducción equivalente a un 12,5 %), entonces en el caso del servicio doméstico interno, pasará proporcionalmente de 60 horas semanales a 52,5", menciona el documento.
La Corte concluyó que el Congreso de la República no tuvo en cuenta el trabajo doméstico interno y, con ello, excluyó a un grupo amplio de personas que se dedican a él; además, advirtió que excluyó a dicho grupo de la regulación, desconociendo que la Constitución Política le imponía el deber de tratar de modo paritario a sujetos asimilables.
Este fallo busca poner fin a la discriminación y asegurar que quienes se dedican al cuidado del hogar o miembros de la familia internamente gocen de la misma protección legal.