¿Uso de inteligencia artificial en decisiones judiciales?, la propuesta que estudia la Corte colombiana
Se plantea el uso de inteligencia artificial para formular preguntas y obtener respuestas que ayuden a resolver y a redactar una sentencia.

Se plantea el uso de inteligencia artificial para formular preguntas y obtener respuestas que ayuden a resolver y a redactar una sentencia.
La Corte Constitucional de Colombia evaluará un caso sobre el uso de la inteligencia artificial (IA) en decisiones judiciales, esto tras la solicitud hecha por la Defensoría del Pueblo de preservar los derechos fundamentales en el contexto de la aplicación de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) en el ámbito judicial.
El llamado de la Defensoría surgió a raíz de la insistencia para que sea revisado un fallo de tutela en el cual un juez, amparado por lo estipulado en la Ley 2213 de 2022, la cual busca la incorporación de las TIC en los procesos judiciales, utiliza IA al recurrir a la aplicación chat.openai.
“Mediante esta herramienta, el togado formula preguntas relacionadas con el problema jurídico planteado, obteniendo respuestas de ese chat (ChatGPT), recurso tecnológico que le ayudó a resolver el caso y a redactar la sentencia”, indica el comunicado de la Defensoría.
El tema en cuestión involucra a la señora Beatriz Chávez, quien actúo en representación de su hijo, un niño diagnosticado con Trastorno del Espectro Autista desde su nacimiento, y quien debido a esta condición, requiere un tratamiento de salud especializado de la EPS Salud Total.
“Para recibir las terapias prescritas por su médico tratante, es necesario que el niño se desplace en transporte urbano. La accionante alegó no contar con recursos económicos suficientes para los desplazamientos ni para cubrir las cuotas moderadoras y los copagos correspondientes”, detalla el documento.
Por lo tanto, solicitó que se ordene a la EPS exonerarla del pago de las cuotas moderadoras y copagos en los servicios necesarios para su hijo, así como autorizar el suministro y financiamiento de los transportes requeridos para los desplazamientos hacia los lugares donde se llevan a cabo las terapias.
La Defensoría ha destacado la importancia de este caso, que fue resuelto a favor de la accionante y a lo que no se opone, en la protección de los derechos fundamentales, en especial, el derecho al debido proceso, consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política.
“Desde la Defensoría del Pueblo reconocemos la utilidad de la inteligencia artificial en el ámbito judicial; por esta razón, hemos planteado la necesidad de que sean establecidos definiciones, límites y controles claros para su uso, a fin de garantizar la conformidad con la Constitución y la protección de los derechos de las personas involucradas”, indicó el Defensor del Pueblo, Carlos Camargo Assis.
En consecuencia, considera necesario que la Corte Constitucional se pronuncie sobre el uso de estas herramientas en la toma de decisiones judiciales: “Con el fin de preservar el interés general y asegurar la protección de los derechos fundamentales".