Por: Redacción Actualidad • Colombia.com

Las tarifas del Soat bajarán para el 2020

El costo reducirá un 4,89 por ciento para todas las categorías. 

La medida aplica para todas las categorías. Foto: AFP
La medida aplica para todas las categorías. Foto: AFP

El costo reducirá un 4,89 por ciento para todas las categorías. 

El valor de costo del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) se reducirá para el 2020 en un 4,89 por ciento, esto gracias a una menor cantidad de accidentes de tránsito según reportó la Superintendencia Financiera. 

 "Como resultado de la revisión anual de las condiciones técnicas y financieras del Soat se determinó que el sistema tiene una suficiencia de prima del 4,89 por ciento aplicable a partir del primero de enero de 2020", afirmaron. 

Esta medida se implementará para las 36 categorías existentes de vehículos ya establecidos, y cabe recordar que las tarifas del seguro son expresadas en los salarios mínimos legales vigentes. 

El salario mensual que empezará a regir desde el primero de enero del próximo año es de 877.803 pesos sin subsidio de transporte, teniendo en total un incremento del 6 por ciento. 

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De acuerdo a los resultados que dio la Superintendencia Financiera, los dueños de un carro particular nuevo de entre 1.500 y 2.500 centímetros cúbicos, tendrán una tarifa del Soat de 8.85 salarios mínimos legales vigentes, es decir, 4,89 por ciento menos frente a la que hubo en el 2019 que era de 9.31 salarios. 

Para llevar a cabo el análisis de resultados durante este año, se tuvieron en cuenta exactamente 7.817.423 de pólizas expuestas, equivalentes a 1,98 billones de pesos en primas devengadas y 696.268 siniestros, valor que creció a 1,54 billones. 

Cabe mencionar que la reducción de estas tarifas las cuales se regirán desde el primero de enero del año 2020, no cambia o modifica las coberturas y tampoco las cuantías que están postuladas por la ley para el Soat obligatorio. 

En lo anterior se incluyen gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios hasta e 800 salarios mínimos legales vigentes; incapacidad permanente hasta de 180 salarios; fallecimiento y gastos funerarios, 750 salarios y en cuanto a los gastos de transporte y movilización de los lesionados, 10 salarios mínimos legales vigentes.  

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