Por: Redacción Actualidad • Colombia.com

En tres departamentos descubren la entrega irregular de baldíos

Entre 1991 y 2015 se habrían registrado 12.005 casos de baldíos entregados en forma irregular mediante la figura de prescripción adquisitiva del dominio.

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Entre 1991 y 2015 se habrían registrado 12.005 casos de baldíos entregados en forma irregular mediante la figura de prescripción adquisitiva del dominio.

Este fenómeno se presenta con mayor frecuencia en la Región Andina y algunas zonas del Caribe, que tienen una alta densidad poblacional y una colonización consolidada; allí tres departamentos concentran el 57,7 % de los casos: Córdoba con 3.484 (28%), Boyacá con 2.669 (21,45%) y Tolima con 1.033 (8,3%).

Así lo detectó el grupo de investigación Derecho Constitucional y Derechos Humanos, de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional de Colombia (U.N.), en un estudio que entregó esta semana a la Corte Constitucional.

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Según el informe, el número de baldíos por departamento que fueron entregados por medio de la prescripción supera el promedio de la unidad agrícola familiar (UAF) respectiva.

Así ocurre en Casanare, donde el tamaño de las prescripciones fue 11 veces mayor, mientras que en Boyacá el promedio equivale casi al doble. En este último caso, por ejemplo, llaman la atención dos: uno en Paipa, que corresponde a un predio de 30.900 hectáreas, y otro en Pesca, de 19.000 hectáreas.

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De hecho la Corte estableció hace cuatro años que los baldíos –o tierras públicas destinadas a la reforma agraria– se entregaron a personas que no podían acceder a ese beneficio por medio de este procedimiento irregular.

Los investigadores llegaron al cálculo mencionado después de depurar las bases de datos que la Superintendencia de Notariado y Registro le había presentado a la Corte Constitucional, explica la profesora Diana Isabel Güiza, del equipo de la U.N.

Se trata de un fenómeno que, paradójicamente, estaría asociado con aquellas zonas en las que hay más presencia del Estado, puesto que en los territorios más apartados todavía hay procesos de colonización en marcha y la oferta estatal y de jueces es baja.

¿Negligencia judicial?

La figura de la prescripción adquisitiva de dominio es un proceso judicial que regula las relaciones entre particulares sobre predios, cada vez que el dueño legal –quien tiene los títulos respectivos registrados en el folio de matrícula inmobiliaria– se desentiende de su predio y otro particular decide habitarlo y explotarlo.

El proceso para adquirir baldíos es distinto, y se hace a través de adjudicación administrativa. En este trámite, la Agencia Nacional de Tierras (ANT, antes Incoder) verifica que el solicitante no tenga otras propiedades y que haya ocupado el terreno por un periodo de cinco años; además la extensión debe limitarse a la UAF.

Aunque existen unos topes, el tamaño de las UAF que entrega el Estado varía según la capacidad productiva de cada región. Así, por ejemplo, mientras que en la Orinoquia contempla grandes extensiones, en departamentos como Boyacá son mucho más limitadas.

No obstante, el estudio encontró que en los procesos de prescripción de dominio los jueces no constatan esos requisitos, de manera que los presuntos baldíos pueden quedar en manos de quienes no tienen derecho.

El análisis de 253 de estas sentencias encontró que los jueces no verificaron si los predios pertenecían a particulares y en varios casos no había folio de matrícula inmobiliaria de los predios.

“Los jueces omitían informar a la ANT para que indagara sobre la posibilidad de que se tratara de un presunto baldío”, destaca la docente, quien señala que el informe busca que la Corte Constitucional y el Consejo Superior de la Judicatura investiguen estas irregularidades. 

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Puesto que Colombia no cuenta con un inventario de tierras y es difícil establecer cuáles serían baldías y cuáles particulares, la inexistencia de matrícula inmobiliaria o de una escritura sobre mejoras –cultivos, vivienda o tenencia de animales–, haría prever que en realidad se trata de baldíos.

La base de datos elaborada por la Superintendencia de Notariado y Registro, por ejemplo, carece de información sobre el 18 % de los casos reportados, y las cifras podrían ser incluso mayores. Con información de Agencia de Noticias UN – Unimedios.