¡Tome nota! La DIAN ya fijó la fechas para pagar los impuesto en el 2025
Ya se definieron los plazos para la presentación de la declaración y el pago del Impuesto sobre la Renta, correspondientes al año gravable 2024.
Ya se definieron los plazos para la presentación de la declaración y el pago del Impuesto sobre la Renta, correspondientes al año gravable 2024.
En las últimas horas, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) hizo de público conocimiento para los contribuyentes, las fechas correspondientes a los plazos para el cumplimiento de las obligaciones formales y sustanciales del calendario 2025, advirtiendo que serán días no hábiles los sábados, domingos y festivos.
Este documento, basado en el Decreto 2229 de 2023, incluye desde impuestos sobre la renta hasta IVA y patrimonio.
En este enlace podrá encontrar el Calendario Tributario 2025 con todos los detalles sobre las fechas e impuestos.
Impuesto sobre la Renta y Complementario grandes contribuyentes
Las personas naturales, jurídicas o asimiladas, los contribuyentes del Régimen Tributario Especial y demás calificados como grandes contribuyentes a la fecha del cumplimiento de la obligación, deberán presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementario del año gravable 2024 y pagar el valor del impuesto en tres cuotas, de acuerdo con el último dígito del NIT:
- Pago primera cuota: entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de febrero; es decir, entre el 11 y el 24 de febrero de 2025.
- Presentación de declaración y pago segunda cuota: entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de abril; es decir, entre el 09 y el 24 de abril de 2025.
- Pago tercera cuota: entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de junio. Para 2025 será entre el 11 y el 25 de junio.
Impuesto sobre la Renta y Complementario personas jurídicas
Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas y los contribuyentes del Régimen Tributario Especial, diferentes a los calificados como grandes contribuyentes, deberán presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementario del año gravable 2024 y efectuar el pago respectivo en dos cuotas iguales. Para ello deberán tener en cuenta el último dígito del NIT:
- Presentación de declaración y pago de primera cuota: entre el séptimo y décimo sexto día hábil de mayo: del 12 al 23 de mayo de 2025.
- Pago segunda cuota: entre el séptimo y décimo sexto día hábil de julio: del 09 al 22 de julio de 2025.
Impuesto sobre la Renta y Complementario de personas naturales y sucesiones ilíquidas
Los plazos para la presentación de la declaración y el pago del Impuesto sobre la Renta y Complementario de las personas naturales y las sucesiones ilíquidas correspondientes al año gravable 2024, inician el séptimo día hábil de agosto y finalizan el décimo séptimo día hábil de octubre; es decir, entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2025, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT.
Impuesto sobre las Ventas – IVA
Los grandes contribuyentes, personas jurídicas y naturales, que sean responsables del Impuesto sobre las Ventas – IVA y que hayan tenido ingresos brutos iguales o superiores a 92.000 UVT a 31 de diciembre del año gravable 2024, es decir por $4.329.980.000, tendrán la obligación de presentar y pagar con una periodicidad bimestral el IVA, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.
También corresponderán los mismos plazos a los responsables de IVA por la prestación del servicio telefónico.
Los vencimientos por cada bimestre son:
- Enero – febrero: del séptimo al décimo sexto día hábil de marzo. Para 2025, del 11 al 25 de marzo.
- Marzo – abril: del séptimo al décimo sexto día hábil de mayo. Para 2025, del 12 al 23 de mayo.
- Mayo – junio: del séptimo al décimo sexto día hábil de julio. Para 2025, del 09 al 22 de julio.
- Julio – agosto: del séptimo al décimo sexto día hábil de septiembre. Para 2025, del 09 al 22 de septiembre.
- Septiembre – octubre: del séptimo al décimo sexto día hábil de noviembre. Para 2025, del 12 al 26 de noviembre.
- Noviembre – diciembre: del séptimo al décimo sexto día hábil de enero. Para 2026, del 13 al 26 de enero.
Valor de la UVT para 2025
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN expidió la Resolución 000193 del 04 de diciembre de 2024, en la que se determinó que la Unidad de Valor Tributario – UVT aplicable en 2025 es de $49.799.