¡Adiós a las facturas en papel! Te enseñamos a recibir tu factura electrónica de Enel
Enel Colombia explica todo sobre la factura electrónica. Aquí te contamos

Enel Colombia explica todo sobre la factura electrónica. Aquí te contamos
Según lo estableció la Dian en su Resolución 008 de 2024, desde este viernes, 1 de noviembre, las empresas de servicios públicos domiciliarios tendrán que expedir la facturación electrónica, tal y como lo han estado implementando otros comercios desde octubre de este año.
La facturación electrónica es el reporte electrónico de tu factura, que cumple los requisitos legales y tributarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Enel Colombia, la empresa encargada de suministrar energía eléctrica a los hogares de Bogotá y aledaños, anunció que se encuentra en el proceso de transición hacia la facturación electrónica, cumpliendo con la normativa de la DIAN.
Así mismo, la empresa le han indicado a la ciudadanía qué hacer para sumarse a la nueva forma de facturación.
¿Debes registrarte para recibir tu factura electrónica?
Sí, en caso de requerirla deberás registrarte para recibirla por correo electrónico. Si deseas recibir tu documento debes ingresas la página web de Enel y realizar el procedimiento: https://www.enel.com.co/es/facturacion-electronica.html
Cabe mencionar que, no hay costo asociado por la inscripción a la factura electrónica y tampoco modifica los valores cobrados en tu factura de energía.
¿Es obligatorio registrarte a la factura electrónica?
No es obligatorio, solo deberás regístrate para recibirla por correo electrónico en caso de requerirla como soporte de costos, deducciones y/o impuestos descontables ante la DIAN.
¿Cambiará la forma de pagar la factura?
No, los clientes podrán continuar pagando su factura a través de los medios físicos y digitales habituales, que pueden consultar en www.enel.com.co/es/pago-medios-electronicos
¿Quién debe inscribirse a la factura electrónica??
La recomendación es que se inscriba la persona o entidad jurídica que requiera acceder a los beneficios tributarios que ofrece la DIAN.
En tanto, las personas naturales deberán emitir sus facturas electrónicas solo si cumplen ciertas condiciones. Algunas de estas son:
- Ofrecer bienes y servicios con ingresos brutos superiores a COP 164.727.500
- Ser contratistas del Estado con ingresos brutos superiores a COP 188.260.000
- Generar ingresos inferiores a COP 164.727.500 (excluyendo a minoristas, artesanos, agricultores y ganaderos) pero contando con más de un establecimiento comercial.