Por: Con información de la Alcaldía de Bogotá • Colombia.com

Bogotá: Distrito multará consumo de sustancias psicoactivas o alcohólicas en zonas públicas de la ciudad

La medida regirá en entornos a colegios, parques, zonas comunes de edificios, estadios, centros deportivos y en el sistema masivo de transporte de la ciudad.

Actualización
Habrá una multa de más de 220 mil pesos para los que infrinjan esta ley. Foto: Twitter
Habrá una multa de más de 220 mil pesos para los que infrinjan esta ley. Foto: Twitter

La medida regirá en entornos a colegios, parques, zonas comunes de edificios, estadios, centros deportivos y en el sistema masivo de transporte de la ciudad.

Luego de que la Corte Constitucional en su sentencia C-235 de 2019, ratificara las competencias que tienen las alcaldías para reglamentar comportamientos que no hayan sido regulados por la ley, la Administración Distrital publicó el proyecto de decreto en la página web de la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia (www.scj.gov.co) para que la ciudadanía haga comentarios y observaciones.

El decreto restringe el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas en un radio de 200 metros a una institución educativa, entendiéndose como jardines infantiles, colegios, instituciones de educación superior formal y no formal y centros de atención vinculados a la responsabilidad penal adolescente.

Alcaldía de Bogotá presen...

Ver tweet completo

La medida también cobijará a todos los parques de la ciudad y espacios públicos a cielo abierto o cerrado de destino turístico, cultural y social. Así mismo, plazas, plazoletas y plazuelas, entre otros como:

  1. Maloka
  2. Mirador Torre Colpatria
  3. Parque (plaza) de Lourdes
  4. Plazas como la de Bolívar, de los Mártires, de Usaquén, de los Alfiles, España y del Chorro de Quevedo
  5. Plazas Fundacionales de Engativá, Fontibón y Suba
  6. Plazoletas como la de Antonio Nariño, las Nieves, del Concejo, la Rebeca, la Calle 85 y la de la Universidad del Rosario
  7. Parque de los Periodistas
  8. Santuario de Nuestra Señora de Guadalupe y Santuario de Monserrate

Por el cuidado de los niños

Asimismo, el decreto señala que no podrán consumirse bebidas embriagantes ni sustancias psicoactivas ilícitas en espacios públicos a cielo abierto o cerrado, y espacios privados que trasciendan a lo público o que concentre aglomeración de personas.

Con esta medida, la Alcaldía de Bogotá pretende defender los derechos de los niños, niñas y adolescentes de la ciudad, quienes se desplazan a diario a los colegios y a los parques de la ciudad esto porque, en promedio, en Bogotá hay un parque localizado a 300 metros de un colegio.

@EnriquePenalosa

En conjunto con nuestra P...

Ver tweet completo

La restricción tiene como objetivo mitigar el consumo de sustancias en menores de edad, que según el “Segundo estudio distrital de consumo de sustancias psicoactivas en Bogotá, D.C" arrojó que el 25% de consumidores de alcohol, marihuana, bazuco y cualquier sustancia ilícita se inició antes de los 15 años de edad o menos.

La Administración Distrital y la Policía Metropolitana de Bogotá, adelantarán operativos permanentes y continuos en los entornos a los 2.425 colegios y 1.618 jardines infantiles, así como en los 5.106 parques de la ciudad donde aplica la restricción, para que los estudiantes tengan espacios en donde puedan desarrollar sus actividades académicas sin afectaciones de ventas infórmales, comercialización de sustancias psicoactivas y venta de licor entre otros.

Quienes incumplan con dicha norma serán objeto de la aplicación de una medida correctiva del Código Nacional de Policía, de multa general tipo 2, es decir que se le impondrá una multa de 220.838 pesos, la cual podrá conmutar con un curso pedagógico, o participando en un programa comunitario.

@EnriquePenalosa

Sancionaremos a infractor...

Ver tweet completo