Por: Carlos Ernesto Espitia González • Colombia.com

¿Qué pasa con la prima de Navidad si renuncias o te despiden del trabajo antes de diciembre? Ojo a la respuesta

La prima de Navidad está cerca de legar, pero muchos colombianos aún tienen dudas al respecto.

Muchos empleados esperan la prima de diciembre con ansias. Foto: Shutterstock Krakenimages.com
Muchos empleados esperan la prima de diciembre con ansias. Foto: Shutterstock Krakenimages.com

La prima de Navidad está cerca de legar, pero muchos colombianos aún tienen dudas al respecto.

Muchos esperan la llegada del último mes del año para celebrar con sus familias las fiestas navideñas y para ello desde ya hacen cuentas con la prima de Navidad, uno de los momentos que los trabajadores disfrutan más.

Y es que por ley, la prima corresponde a un salario mensual devengado por un trabajador que se divide en dos momentos: uno a mediados del año y otro en el mes de diciembre. Sin embargo, hay un caso especial que merece un análisis aparte y es en la situación de que una persona renuncie o sea despedida del trabajo antes de que llegue el mes de diciembre.

¿Qué pasa con la prima si te despiden o renuncias a tu trabajo antes de diciembre?

Según el Código Sustantivo del Trabajo (CST), independientemente de que sean despedidos o renuncien de un trabajo, todos los empleados colombianos vinculados con contrato tiene derecho a recibir su prima de Navidad

Eso sí, la forma de calcular el valor correspondiente a dicha prima de Navidad cambia, esto basándose en el número de días trabajados en el año. 

¿Cómo se calcula el monto que se recibe en la prima de Navidad si te vas del trabajo antes de diciembre?

La ley 1945 de 1978 indica que: "El trabajador tendrá derecho a la mencionada prima de diciembre, en proporción al tiempo laborado, a razón de una doceava parte por cada mes completo de servicios, que se liquidará y pagará con base en el último salario devengado, o en el último promedio mensual, si fuere variable". 

De este modo, si un trabajador devenga el salario mínimo mensual vigente estipulado en $1.300.000 y trabajó todo el año, este mismo valor será el que llegue su cuenta de ahorros aunque dividido en las dos primas establecidas, es decir $650.000 a mitad de año y $650.000 en diciembre.

Sin embargo, si el trabajador no ha cumplido los 180 días de labor en el segundo semestre del año al ser despedido o presentar su renuncia, el cálculo es diferente y se realiza multiplicando el salario mensual por el número de días que haya trabajado y este valor se divide en 360. 

De todas formas, para no enredarse tanto, existen varias calculadoras de prima en internet que de seguro te pueden sacar de un aprieto.