Por: Redacción Actualidad • Colombia.com

La Registraduría avaló el comité promotor para iniciar la revocatoria de Claudia López

Se deberán obtener al menos 332.562 firmas para poder llamar a una consulta popular.

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El 25 de enero se realizará la audiencia pública en el Consejo Nacional Electoral. Foto: Twitter @ClaudiaLopez
El 25 de enero se realizará la audiencia pública en el Consejo Nacional Electoral. Foto: Twitter @ClaudiaLopez

Se deberán obtener al menos 332.562 firmas para poder llamar a una consulta popular.

Desde la posesión oficial de Claudia López como la alcaldesa de Bogotá, han sido muchos los opositores que se han manifestado debido a lo que ellos consideran ha sido una “pésima administración”. Temas como la movilidad, la inseguridad, y el manejo de la actual pandemia, han sido los más debatidos y criticados por la ciudadanía durante el primer año de la mandataria. 

Tanto ha sido el descontento que varios grupos ciudadanos emprendieron el camino de la revocatoria a su mandato. Según datos oficiales de la Registraduría Nacional, hasta la fecha han recibido 28 solicitudes de revocatoria contra diferentes mandatarios de todo el país, entre las que se destacan Bogotá, Medellín, Cúcuta y Cartagena.

Tres de estas solicitudes ya recibieron el aval del organismo electoral para el siguiente paso, la recolección de firmas, las cuales deben sobrepasar al menos el 30% de los votos que haya obtenido el mandatario en su elección.

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En el caso de la alcaldesa de la capital, a través de la resolución 23 del 2021, la Registraduría oficializó la propuesta de revocatoria de mandato contra ella, denominada: “Recuperemos nuestra Santafé sin vías de hecho, por el camino de la institucionalidad, es decir revocar el mandato de la alcaldesa Mayor de Bogotá”. Razón por la que el próximo 25 de enero se realizará la audiencia pública en el Consejo Nacional Electoral. 

“Declarar que la inscripción para adelantar la iniciativa de revocatoria del mandato denominada: ‘Movimiento ciudadano #RevocatoriaClaudiaLópez’, cumple con el lleno de los requisitos legales establecidos en la ley estatutaria 1757 del 6 de julio de 2015”, indica la resolución.

Después de que se lleve a cabo la audiencia, en la cual deberán estar presentes los impulsores de la revocatoria y los delegados de la Alcaldesa, y de que las autoridades electorales escuchen a todas las partes involucradas, estas podrían dar vía libre a la recolección de firmas.

Según lo que la norma establece, durante el paso de la recolección de firmas, se deberán obtener al menos 332.562 firmas para poder llamar a una consulta popular y que los ciudadanos vuelvan a las urnas y revoquen a la alcaldesa.

Por otro lado, en caso de que la iniciativa no llegue a prosperar, no se podrá volver a impulsar ningún proceso de revocatoria en contra de Claudia en lo que queda de su mandato como alcaldesa de Bogotá.