Por: Redacción Actualidad • Colombia.com

Se aprueba ley de amnistía para remisos

Más de 600.000 jóvenes podrán acceder a la libreta militar

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Con esta nueva ley 600 jóvenes remisos se verán beneficiados. Foto: Twitter
Con esta nueva ley 600 jóvenes remisos se verán beneficiados. Foto: Twitter

Más de 600.000 jóvenes podrán acceder a la libreta militar

Una excelente noticia llegó para quienes aún no cuentan con la libreta militar en Colombia dado que la Cámara de Representantes aprobó una ley que permitirá normalizar y definir la situación militar de los jóvenes que se encuentran en la condición de remisos. 

En la sesión del pasado miércoles, la plenaria de esta corporación aprobó que quienes cumplan con las condiciones descritas en el artículo 12 de la ley 1861 de 2017 (como ser hijo único, tener más de 24 años o ser padre de familia entre otros) podrán acceder a la libreta militar pagando solo el 15% de un salario mínimo mensual legal vigente, lo que significaría que el costo de este documento para quienes cumplan con dichas condiciones rondaría los $124.000.

Esto significa una excelente noticia para quienes, por una u otra razón se encuentran, se encuentran en la condición de remisos, ya que las multas impuestas a quienes no han definido su situación militar son millonarias y ascienden por cada año en que dicha condición no se resuelva.

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La ponencia aprobada esta semana dice textualmente: “Los colombianos que a la entrada en vigencia de la presente ley y durante los 18 meses siguientes estuvieran en condición de infractores, con o sin multas, o que tengan cualquiera de las características de infractor, y que cumplan con cualquiera de las causales del artículo 12 de la ley 1861 de 2017 o tengan, 24 años cumplidos, serán beneficiados con la condonación total de las multas, quedarán exentos del pago de la cuota de compensación militar y sólo cancelarán el quince por ciento (15 %) de un SMLMV por concepto de trámite administrativo de la tarjeta de reservista militar o policial” 

Cabe resaltar que esta amnistía tendrá una duración de 18 meses luego de que dicha ley sea sancionada por el presidente de la República, Iván Duque.

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Las condiciones descritas en el artículo 12 de la ley 1861 de 2017 (que describe las causales de exoneración del servicio militar) y con las cuales los jóvenes en condición de remisos pueden acceder a la amnistía son:  

1. Ser hijo único, hombre o mujer.

2. Ser huérfano de padre o madre que atienda con su trabajo a la subsistencia de sus hermanos incapaces de ganarse el sustento.

3. Ser hijo de padres incapacitados para trabajar o mayores de 60 años, cuando éstos carezcan de renta, pensión o medios de subsistencia, siempre que dicho hijo vele por ellos.

4. Ser hermano o hijo de quien haya muerto o adquirido una inhabilidad absoluta y permanente en combate, en actos del servicio o como consecuencia del mismo, durante la prestación del servicio militar obligatorio, a menos, que siendo apto, voluntariamente quiera prestarlo.

5. Ser hijo de oficiales, suboficiales, soldados e infantes de Marina profesionales, agentes, nivel ejecutivo y de la Fuerza Pública que hayan fallecido, o que los organismos y autoridades médico - laborales militar o de policía hayan declarado su invalidez, en combate o en actos del servicio y por causas inherentes al mismo, a menos que, siendo aptos, voluntariamente quieran prestarlo.

6. Los clérigos y religiosos de acuerdo a los convenios concordatarios vigentes. Asimismo, los similares jerárquicos de otras religiones o iglesias dedicados permanentemente a su culto.

7. Los casados que hagan vida conyugal.

8. Quienes acrediten la existencia de unión marital de hecho legalmente declarada.

9. Las personas en situación de discapacidad física, psíquica, o sensorial permanente.

10. Los indígenas que acrediten su integridad cultural, social y económica a través de certificación expedida por el Ministerio del Interior.

11. Los varones colombianos que después de su inscripción hayan dejado de tener el componente de sexo masculino en su registro civil.

12. Las víctimas del conflicto armado que se encuentren inscritas en el Registro Único de Víctimas (RUV).

13. Los ciudadanos incluidos en el programa de protección a víctimas y testigos de la Fiscalía General de la Nación.

14. Los ciudadanos objetores de conciencia.

15. Los ciudadanos desmovilizados, previa acreditación de la Agencia Colombiana para la Reintegración.

16. Ser padre de familia.

Además, todos los jóvenes que sean mayores de 24 años y no hayan resuelto su situación militar, también podrán acceder a esta amnistía.

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