Preguntas Frecuentes - Shutterstock
Si pierde alguno de sus documentos (pasaporte, cédula) en un país ajeno, debe instaurar la denuncia ante la policía local. Posteriormente, dirigirse al consulado colombiano, también presentar allí la denuncia. El consulado le proporcionará la información y requisitos para proveerle un nuevo documento.
Tenga en cuenta que el extravío del pasaporte acarreará el de la visa también, por lo que para certificar que su estancia en el país extranjero es regular, deberá acercarse a las autoridades de migración de dicho país, el Consulado Colombiano no tiene competencia sobre este tema.
Al vencer el término por el cual te ha sido expedido el permiso de estadía o visa, su condición migratoria será irregular. Tramita la ampliación de tiempo, antes de su vencimiento.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 13, consagra el Derecho a la migración como la posibilidad que tiene toda persona a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado, a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Ese derecho a la movilidad, está condicionado por la observancia de las normas establecidas por los gobiernos en cada país.
Ingresar a otro territorio de manera ilegal, ejercer labores que no han sido autorizadas en la visa, o permanecer luego de la expiración del permiso otorgado, deja a la persona en riesgo a diferentes violaciones de sus Derechos Humanos, tales como explotación laboral, la pérdida de la libertad, la imposibilidad de acceso a servicios médicos y de seguridad social, la discriminación, entre otras.
El problema de la ilegalidad de los connacionales en el exterior, se refiere básicamente a la situación de migrante irregular en que se ubica un ciudadano que viaja a otro país sin permiso para ingresar o porque habiendo ingresado legalmente se le venció el permiso y permaneció en el territorio extranjero.
Debe hacerse claridad frente a la situación de “ilegal” o “irregular” y la de “indocumentado”.
Una persona que pierde sus documentos en los que se encuentra estampada la visa no se convierte por este hecho en ilegal, siempre y cuando esté dentro de los términos de permanencia que tiene autorizada por parte de las autoridades de migración en el país de visita o destino, su condición es la de “indocumentado”.
Nacionalidad es el vínculo jurídico-político que une a una persona con un Estado. Una persona que tenga dos o más nacionalidades podrá ser considerada por cada uno de los Estados, cuya nacionalidad posea, como su nacional, lo cual implica un vínculo exclusivo por cuanto supone la puesta en práctica de deberes que tiene un individuo respecto de un Estado y se haría imposible el simultáneo cumplimiento de tales deberes por parte de la persona con doble nacionalidad.
El principio de la "doble nacionalidad" lo consagra el artículo 96 de la Constitución Política de Colombia, que entró en vigencia el 4 de Julio de 1991. El mismo estipula que la calidad de nacional colombiano no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad y que los nacionales por adopción no estarán obligados a renunciar a su nacionalidad de origen o adopción.
Se ha definido como la condición de la persona que posee el pleno goce de los derechos civiles y políticos de un Estado. La ciudadanía implica el disfrutar de ciertos derechos y contraer ciertas obligaciones.
Todos los ciudadanos colombianos son nacionales colombianos pero no todos los nacionales son ciudadanos. Por esto hay nacionalidad sin ciudadanía (caso de los menores de edad), por no haber llenado el requisito que le impone la ley: ser mayor de edad.
De modo que la condición de ciudadano no se confiere por acto especial ninguno, sino por el hecho de reunir el individuo las condiciones descritas.
La reagrupación familiar es una figura que ampara a los migrantes, otorgándoles el derecho a reunirse con su familia en el país de destino, sin embargo protege únicamente a los que se encuentran en situación legal y que cuentan con un permiso de residencia de por lo menos un año.
La reagrupación es posible para el cónyuge, a los hijos, incluidos los adoptivos, y otros familiares que dependan económicamente del migrante, quien a su vez debe demostrar los medios para su sostenimiento en el país de destino
Para aplicar a una visa de reagrupación los familiares deben vivir en Colombia al momento de la solicitud. La legislación de reagrupación varía en relación a los países de destino, por esta razón, antes de realizar la solicitud las personas deben acercarse a solicitar información completa en las entidades correspondientes informacion sobre la Reagrupación Familiar.
El dinero que un migrante le envía a su familia a su país, se entiende por remesas familiares o remesas de trabajadores aquellos giros de divisas que efectúan los emigrantes a sus familias en el país de origen.
La entrada de estas remesas al país se realiza principalmente a través de dos canales:
• Por intermedio de Casas de cambio a través de este mecanismo; y,
• A través de Instituciones Financieras (Bancos, Compañías de Financiamiento Comercial, Comisionistas de Bolsa, etc.)
Deberá tener presente que en la mayoría de los países prohíbe contraer matrimonio civil a quienes se encuentran como turistas, por esta razón se debe solicitar información previa ante las autoridades Consulares correspondientes, a fin de obtener el visado adecuado.
Si usted viaja a un país para contraer matrimonio asegurarse de tener los documentos necesarios en regla, sobre todo los que dan fe de su estado civil.
Luego del matrimonio registrarse en el consulado de Colombia.
Para ser inscrito en el registro de matrimonio es necesario presentar el documento que demuestre el hecho, sin importar el rito por el cual se haya efectuado el matrimonio. La inscripción puede ser realizada por persona distinta de los contrayentes.
La apostilla es una legalización de la firma del cualquier funcionario público emitida en ejercicio de sus funciones, con el fin de que un documento sea válido en otro país. La apostilla nace a partir de la Convención de la Haya sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros, de 1961. En consecuencia, la apostilla es un trámite simplificado de la legalización y es válida en los países miembros de dicha convención.
La legalización consiste en certificar que la firma y el sello de un documento público ha sido puesto por una entidad competente. Este trámite únicamente certifica que la firma y sello que muestra el documento fue emitido por un funcionario público en ejercicio de sus funciones, pero no certifica la validez del contenido. La legalización es válida en los países que no son parte de la de la Convención de la Haya sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros.
Es el nuevo sistema de Apostilla o Legalización en Línea que le permite realizar el trámite sin necesidad de acudir a las instalaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. Este servicio está disponible las 24 horas del día (todos los días de la semana) y se puede ingresar desde cualquier lugar del mundo, generando mayor facilidad y accesibilidad al servicio.
Recuerdep que usted mismo puede realizar el trámite y no requiere intermediario.
Por este medio, usted podrá Apostillar o Legalizar los siguientes documentos:
El precio a pagar será:
En Bogotá apostilla es de $30.000 pesos y la legalización $20.000 pesos por cada documento.
Apostilla en el Exterior del certificado de antecedentes judiciales (este es el único documento que se puede apostillar en el exterior):
CONTINENTE | MONEDA | VALOR POR DOCUMENTO |
EUROPA Y CUBA | EUROS | 12 |
RESTO DEL MUNDO | DÓLARES AMERICANOS | 16 |
Legalización del certificado de antecedentes judiciales (este es el único documento que se puede legalizar en el exterior):
CONTINENTE | MONEDA | VALOR POR DOCUMENTO |
EUROPA Y CUBA | EUROS | 9 |
RESTO DEL MUNDO | DÓLARES AMERICANOS | 11 |
En las Gobernaciones el costo de la apostilla será variable de acuerdo con los impuestos departamentales, recuerde que las gobernaciones no legalizan documentos.