Por: Christopher Ramírez • Colombia.com

Corte Constitucional tumba decreto que permitía préstamo a Avianca

La Corte aseguró que el Decreto 811 de 2020 no coincide con "los juicios de necesidad, conexidad, finalidad y contradicción específica" en Colombia.

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Avión de Avianca en el aeropuerto Palonegro de la ciudad de Bucaramanga. Foto: Flickr
Avión de Avianca en el aeropuerto Palonegro de la ciudad de Bucaramanga. Foto: Flickr

La Corte aseguró que el Decreto 811 de 2020 no coincide con "los juicios de necesidad, conexidad, finalidad y contradicción específica" en Colombia.

Mientras más pasan los días, son más los ‘peros’ que instalan las autoridades colombianas para impedir el polémico préstamo por más de 370 millones de dólares que el Gobierno nacional intenta dar a Avianca, y que serviría como ‘salvavidas’ para la aerolínea, una de las más afectadas por cuenta de la pandemia de COVID19 en Colombia.

En las últimas horas, se conoció que la Corte Constitucional, con cinco votos a favor y cuatro en contra, tumbó el Decreto 811 de 2020, expedido por el gobierno de Iván Duque, y con el que se buscaba permitir la venta o enajenación de capital del Estado, para así fijar los detalles de compra de las acciones de empresas como Avianca que, además de realizar actividades de interés nacional, también tiene sus acciones en la Bolsa de Valores de Colombia.

“Cuando la Nación adquiera participaciones minoritarias en el capital de determinada sociedad privada, pública o mixta, podría exigir que sus accionistas o propietarios privados garanticen que comprarán la participación del Estado dentro de un plazo determinado”, explicaba en un principio el decreto.

Sin embargo, de acuerdo con la Sala Plena de la Corte, el decreto se consideró como inconstitucional, teniendo en cuenta que “el control automático de constitucionalidad no superó los juicios de necesidad, conexidad, finalidad y contradicción específica”.

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Así, finalmente la Corte explica que simplemente no se podrá poner en marcha el “régimen especial aplicable a la inversión y la enajenación de los instrumentos de capital en empresas que adquiera o reciba la Nación- Ministerio de Hacienda y Crédito Público con el fin de mitigar los efectos económicos adversos que dieron lugar a la declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada a través del Decreto 637 de 2020, incluyendo los instrumentos que adquiera o reciba”.

“El Estado no podrá, a partir de ahora, acudir a esta vía de financiación a estas empresas privadas, que tendrían que acudir a otras fuentes como lo son los créditos bancarios. Otro tipo de ayudas que no podrán provenir del Estado por esta vía de compra y venta de participación”, explicó, por su parte, el abogado Francisco Bernate, en entrevista con Noticias Caracol.

De esta forma, se enreda aún más el préstamo a Avianca, tan controversial durante las últimas semanas en Colombia, teniendo en cuenta el monto y la naturaleza de la empresa, cuyos accionistas mayoritarios no son colombianos.